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Absuelto un hombre acusado de intentar tirar a su hijo por la ventana al no descartarse que tratara de abrazarlo

La Audiencia considera que no existe tentativa de homicidio

Europa Press

Castellón

Viernes, 27 de octubre 2017, 17:01

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha absuelto a un hombre acusado de intentar tirar a su hijo por la ventana al no descartarse que solo tratara de abrazarlo. Así mismo, la sala le absuelve del delito de acoso que también se le imputaba y le condena a nueve meses de prisión como autor de un delito de coacciones en al ámbito de la violencia de género.

La sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), considera probado que el acusado, que presenta "rasgos de personalidad del cluster B que supone un trastorno límite de la personalidad, pero que no afecta a su capacidad cognitiva para distinguir el bien del mal ni la capacidad volitiva", tenía la relación matrimonial "deteriorada", puesto que su mujer llegó a plantearle el divorcio.

Así, el procesado, al menos a partir de noviembre de 2015, trataba de superar la crisis "complaciendo a su esposa, manifestándole insistentemente que la quería, que le perdonara, que él cambiaría y proponiéndole que fueran ambos al psicólogo para hacer terapiade pareja, actitud que sin embargo cansaba y agobiaba más a la mujer".

El día 7 de diciembre de 2016 el procesado acudió a solicitar ayuda psicológica por los problemas conyugales, mostrándose angustiado, nervioso y desbordado, y relató que era por la separación planteada por su esposa y solicitó medicación.

Dos días más tarde, el matrimonio tuvo una discusión y la mujer se fue con los dos hijos a casa de sus padres y comunicó a su marido que habían terminado. El día 10, el acusado se presentó en el domicilio de sus suegros y se entabló una discusión en el salón delante de los menores una vez que el procesado vio un papel de la Guardia Civil y entendió que su esposa tenía la firme intención de separarse.

Una locura

En un momento determinado, el acusado cogió las llaves de la vivienda familiar y las del coche, por lo que se produjo un forcejeo. Entonces el procesado nervioso empezó a decir que iba "a cometer una locura", se dirigió a una ventana, levantó la persiana y dijo que se iba a suicidar, a lo que contestó su suegro en esas circunstancias de nerviosismo que lo hiciera.

En un instante el procesado se agachó hacia su hijo de siete años que estaba sentado en una banqueta al lado de la ventana y lo llevó hacia él para abrazarlo, momento en que su suegro, creyendo que pretendía tirarse con el niño por la ventana o arrojar al niño por lamisma, se abalanzó sobre su yerno para impedírselo y le arrebató al niño. La Audiencia considera que no existe tentativa de homicidio, pues "no es descartable ni irrazonable la alternativa de que se trataba de un abrazo a su hijo quien lloraba al lado, como un acto espontáneo de emotividad en tal situación para consolarlo, sea para despedirse si pensaba realmente suicidarse".

En definitiva, según la sentencia, "con alternativas no irrazonables, la duda sobre la inequivocidad del acto de coger al niño en esas circunstancias de tensión por la discusión familiar y la duda sobre el elemento intencional han de favorecer al reo".

Asimismo, la Audiencia cree que, en este caso, no se percibe una actitud de acoso penalmente relevante por parte del acusado a suesposa, "es decir reiterado e incisivo como para modificar el modo de vida de ésta e inquietarla, salvo en el último momento del día 9 y 10 de diciembre en que la situación explotó", por lo que decide absolverle del delito de acoso.

Sin embargo, sí condena al procesado por un delito de coacciones, ya que -según la sentencia- parece evidente que el acusado "presionó a su esposa para que no le abandonara".

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