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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Jesús María Barrientos. EFE
El Poder Judicial investiga si la Generalitat espía los ordenadores de jueces de Cataluña

El Poder Judicial investiga si la Generalitat espía los ordenadores de jueces de Cataluña

Varios magistrados han denunciado que en sus dispositivos han aparecido trampas para dar luz verde a acceso a técnicos autonómicos

Jueves, 18 de julio 2019, 18:36

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El Poder Judicial sospecha que funcionarios de la Generalitat podrían estar intentado espiar el contendido de los ordenadores de algunos de los 850 jueces y magistrados destinados en Cataluña usando para ello herramientas informáticas oficiales, destinadas exclusivamente al apoyo técnico a los miembros de la judicatura.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó hoy incoar diligencias informativas para investigar esos supuestos «accesos indebidos» a los dispositivos de los jueces por parte de técnicos de la administración autonómica, que solo tienen competencias de asistencia informática.

«Inspección y control»

El Poder Judicial apunta que la Generalitat, o alguno de sus técnicos, tendría el propósito de llevar a cabo «actividades de inspección, control o seguimiento» de informaciones que almacenan los jueces, «no previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial».

El órgano de gobierno de los jueces tomó la decisión de abrir esta investigación después de que el jueves de la pasada semana-y sin previo aviso de la comisión mixta de informática- comenzaran a aparecer en las pantallas de los ordenadores de algunos jueces y magistrados destinados en esa comunidad autónoma una suerte de trampa para dar acceso a los contenidos confidenciales de las computadores a los técnicos de la Secretaría de Administración y Función Pública de la Generalitat, dependiente del Departamento de Gobernación.

Esa trampa que dejaba el acceso libre a la totalidad del contenido de los ordenadores de los jueces consistía en un mensaje sobre la «vigencia y aplicabilidad» de la instrucción que regula del trabajo de los funcionarios de la Generalitat en apoyo técnico de los jueces. Ese mensaje incluía una mención final que indicaba que el uso del ordenador implica una «manifestación expresa» del conocimiento de los términos y condiciones de esa instrucción, al tiempo que invitaba pulsar una pestaña de «confirmación de lectura»que forzosamente había de ser aceptada para seguir utilizando el dispositivo. Al pulsar la tecla de aceptar para seguir trabajando con el ordenador –explican fuentes del Poder Judicial- los magistrados daban luz verde a que los técnicos de la Generalitat llevaran a cabo esas actividades de «control y seguimiento» de datos comprometedores de los ordenadores de los jueces.

«Informaciones confidenciales»

La Comisión Permanente recordó ayer que los ficheros de datos existentes en los juzgados son, en buena medida, «informaciones confidenciales» sobre procesados y denunciantes. Unas informaciones «que permiten la identificación de la ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias, origen racial o étnico, condenas o infracciones penales» de los ciudadanos, y a las que no deberían acceder los técnicos de la Generalitat.

«Los responsables de los tratamientos son los órganos jurisdiccionales, únicos que pueden autorizar el acceso a los datos. La posibilidad de acceder a estas informaciones para el ejercicio def unciones de inspección y control se limitan a las establecidas en la propia Ley Orgánica del Poder Judicial y no en ninguna otra norma o acto administrativo, como sería una simple instrucción», recordó el Poder Judicial .

«Además, el acceso debe limitarse a lo imprescindible, lo que excluye la posibilidad de accesos generales o indiscriminados, y debe hacerse con conocimiento individualizado del responsable de tratamiento y bajo su supervisión», señaló el CGPJ en una nota.

La comisión permanente también ha acordado requerir a la Generalitat para que suspenda provisionalmente toda actividad de inspección, control o seguimiento sobre tratamientos jurisdiccionales y para que, en el plazo de quince días, informe de manera pormenorizada de todos los accesos que se hayan llevado a cabo en los juzgados.

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