Borrar
Agentes de la Guardia Civil. Efe
Así es la ordenanza sobre el 'buen gusto' que ha indignado a la Guardia Civil

Así es la ordenanza sobre el 'buen gusto' que ha indignado a la Guardia Civil

La norma que ha frenado Marlaska va mucho más allá de la polémica de los tatuajes y llega al límite de fijar cómo deben ser las mechas de ellas o el color del tinte de ellos | La directiva convierte a los mandos del cuerpo en una suerte de estilistas, que deben decidir sobre la largura de los bigotes o la idoneidad de los complementos

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Martes, 4 de septiembre 2018

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La orden sobre «normas de aspecto físico» en la Guardia Civil que ha provocado un auténtico terremoto en el cuerpo y que ha obligado al ministro Fernando Grande-Marlaska a paralizarla va mucho más allá de la conocida polémica sobre los tatuajes. El borrador de la instrucción llega al punto de fijar cuáles deben ser los peinados correctos o, incluso, el color del tinte que deben llevar ellos y ellas. Y todo ello, a juicio de los mandos del cuerpo, les obliga a convertirse en una suerte de estilistas, que deben decidir sobre la largura de los bigotes, el color de las mechas de las funcionarios o la idoneidad de los complementos.

Solo hay dos puntos que no provocan una gran controversia –la prohibición de fumar o usar el móvil de servicio- porque el resto de instrucciones han sido contestadas duramente por las organizaciones laborales del cuerpo e, incluso, por los propios mandos, que hacen chanzas con el hecho de que el propio ministro (tatuado en su muñeca derecha) podría ser castigado. Estas son algunas de las 'perlas' de la orden:

El cabello de ellos

- El color deberá ser natural y, en el caso de aplicarse tinte en el pelo, este será acorde con los colores naturales del mismo.

- Se prohíben en «todo caso»: los cortes y peinados irregulares del cabello tales como, «escalones», «trasquilones» (sic) o «zonas de la cabeza completamente rasuradas y otras zonas con cabello largo»; el uso de peinados tipo rasta, así como el peinado en forma de pequeñas trenzas tipo étnico.

- El corte de pelo en los hombres será el clásico, donde la parte superior va cortada toda por igual, del mismo modo que las sienes que llevan la misma longitud en disminución.

- Deberán quedar descubiertos la totalidad de los pabellones auditivos. En caso de usar tinte en el pelo, este será distribuido de manera uniforme. Se autoriza el rasurado completo del cabello.

El cabello de ellas

- El peinado para la mujer será aquel que permita la correcta colocación de la prenda de cabeza, dejando despejados los lados de la cara.

- Se podrán llevar pasadores, gomas u horquillas de color similar al del pelo, siempre que no destaquen a la vista.

- El flequillo del peinado no podrá descender por debajo de las cejas ni por debajo de la línea inferior de la prenda de cabeza una vez puesta.

- Se autorizan las mechas o reflejos en tonos similares al color base.

Bigote y barba

- El bigote, que tendrá su color natural, no descenderá de las comisuras de los labios, no pudiendo unirse a las patillas. Su densidad y distribución será simétrica y continua en toda la zona.

- La barba permitida será completa e incluirá el bigote. Se llevará recortada y arreglada de manera uniforme con una longitud máxima de tres centímetros de espesor.

- Para poder dejarse bigote, la barba completa, o perilla, se esperará a su crecimiento durante los periodos en los que no se preste servicio.

Uñas

- En los hombres la longitud de las uñas no sobrepasará el borde del dedo, siendo su contorno y color naturales, y deberán estar cuidadas y aseadas.

- En las mujeres se permitirá una longitud máxima de tres milímetros del borde del dedo y podrá llevar esmalte de color transparente o similar al color de los labios debiendo ser el mismo para todas las uñas que estarán pintadas uniformemente.

Maquillaje

- Personal femenino: Tanto el maquillaje como los cosméticos que se utilicen no destacarán por su color sobre la propia piel, empleando tonalidades suaves. El lápiz de ojos se utilizará exclusivamente para perfilar el contorno del ojo.

- Personal masculino: Solamente bajo prescripción médica, se autorizará el uso de maquillaje por el tiempo que se determine en la misma.

Accesorios

- Solo se permite: Un reloj de tamaño que no exceda del ancho completo de la muñeca, dos anillos siempre que «no sean ostentosos», pendientes «sin partes móviles» (ellas), «gafas discretas» y/o «una pulsera o esclava que no cuelgue»

Tatuajes

- Quedan prohibidos los tatuajes que contengan figuras, expresiones o dibujos contrarios a los valores constitucionales y las virtudes militares, atenten contra la disciplina, la imagen de la Guardia Civil y las autoridades del Estado, supongan un desdoro para el uniforme, comprometan la neutralidad política o sindical, inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico, religioso y reflejen motivos obscenos o cualesquiera otros vedados por la ley.

- Quedan autorizados los tatuajes no incluidos en el apartado anterior. Estos tatuajes no deberán ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes, masculinos y femeninos.

Perforaciones

- Se prohíben las argollas, espigas, inserciones, pegatinas, perforaciones microdermales o subcutáneas, automutilaciones, dilataciones y similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes, masculinos y femeninos, de la Guardia Civil regulados en la normativa vigente.

Plazo

- La directiva daba un plazo de 90 días, tras su aprobación, para que los agentes se borraran («de forma permanente») los tatuajes visibles o se retiraran las dilataciones o perforaciones. Tras esos tres meses, los funcionarios tendrían que remitir un escrito a la Dirección General de la Guardia Civil explicando qué tatuajes (dimensión y descripción) o perforaciones mantienen en su cuerpo, aunque estos no sean visibles.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios