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Ocho años de cárcel, la pena máxima a la que se enfrentaría Puigdemont

Ocho años de cárcel, la pena máxima a la que se enfrentaría Puigdemont

El delito de rebelión por el que serán juzgados los exconsejeros presos va de 15 a 25 años de cárcel

Mateo Balín

Madrid

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Jueves, 12 de julio 2018, 15:00

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La decisión del Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein de admitir de forma parcial la OEDE española contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, que supone descartar el delito de rebelión, significa que la euroorden solo será tramitada por el delito de malversación de caudales públicos, el otro ilícito penal por el que ha sido procesado el expresidente.

De este modo, Puigdemont solo podrá ser juzgado en el Tribunal Supremo por este delito a diferencias de los exconsejeros del Govern en prisión preventiva o de los llamados 'Jordis'.

La diferencia de penas es sustancial. El delito de rebelión castiga a quienes se levanten «violenta y públicamente» para, entre otros objetivos, «derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución» o «declarar la independencia de una parte del territorio nacional» a penas de entre 15 y 25 años de prisión.

Por su parte, el delito de malversación de caudales públicos castiga a la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones, a la pena de prisión de dos a seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a diez años.

No obstante, se impondrá la pena de prisión de cuatro a ocho años y la de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años si la malversación revistiera especial gravedad atendiendo al valor de las cantidades sustraídas (si excede de 250.000 euros se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado) y al daño o entorpecimiento producido al servicio público.

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