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'Josu Ternera' (d), junto a su hijo en una imagen de archivo. Efe
La juez propone juzgar a tres jefes etarras por delitos de lesa humanidad

La juez propone juzgar a tres jefes etarras por delitos de lesa humanidad

Acusa a 'Txeroki', 'Ata' y 'Gurbitz' de liderar un ataque generalizado contra población civil por razones políticas, penado con 20 años de prisión

Mateo Balín

Madrid

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Lunes, 30 de abril 2018

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La semana del anuncio de la disolución de ETA 50 años después de su primer asesinato, previsto para este viernes en un acto en la localidad francesa de Cambo, comenzó ayer con la confirmación del procesamiento por un delito de lesa humanidad de tres históricos dirigentes en prisión.

La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela concluyó el sumario contra Garikoitz Aspiazu Rubina, 'Txeroki', Mikel Carrera Sarobe, 'Ata' y Ángel Iriondo Yarza, 'Gurbitz', por su presunta responsabilidad en los asesinatos o secuestros perpetrados por la banda terrorista desde el 1 de octubre de 2004, cuando entró en vigor en España este tipo penal.

La magistrada ordenó este auto tras tomar declaración indagatoria a los tres miembros de la cúpula etarra, quienes cumplen condena en Francia. No así respecto del exparlamentario de la ilegalizada Euskal Herritarrok (EH) José Antonio Urrutikoetxea, 'Josu Ternera', a quien no se ha podido comunicar su procesamiento al encontrarse en la actualidad en busca y captura. Ello pese a que el destacado dirigente etarra podría ser uno de los encargados de anunciar este viernes en un video la disolución de la banda o que el ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, señalase ayer que su presencia indica «el estado de descomposición en el que se encuentra ETA». «'Josu Ternera' no tiene un futuro pero sí tiene un pasado sangriento», afirmó.

Una vez concluida la fase de instrucción, la jueza Lamela remitió el sumario a la Sala de lo Penal, a fin de que se pronuncie sobre la apertura de juicio oral contra los acusados. Las pesquisas se iniciaron en julio de 2015 a partir de las querellas presentadas por la asociación Dignidad y Justicia, la Fundación Luis Portero y otras víctimas particulares del grupo sanguinario. En octubre de 2015, el antecesor de Lamela en el Juzgado Central de Instrucción número tres, Juan Pablo Gónzález, procesó a los cuatro jefes de la banda además de Aitor Elizaran Sarasola, aunque la causa para este último ha quedado archivada.

También quedaron fuera otros 'cabecillas' como María Soledad Iparaguirre, 'Anboto', Gorka Palacios Alday, Jurdan Martitegui, Juan Lorenzo Lasa, 'Txikierdi', Eugenio Etxebeste, 'Antxon', José Luis Ansola, 'Peio el Viejo' y Francisco Mugica Garmendia, 'Pakito'.

25 asesinatos terroristas

El magistrado recogió entonces en su auto siete atentados mortales cometidos por ETA desde 2004, fecha en la que el delito de lesa humanidad fue incorporado al Código Penal, en los que fallecieron 25 personas. Caben destacar los asesinatos de los ciudadanos ecuatorianos Carlos Alonso Palate y Diego Armando Estacio, en la T-4 de Barajas en diciembre de 2006; el exconcejal socialista Isaías Carrasco, en Mondrágón (Guipúzcoa) en marzo de 2008; el guardia civil Juan Manuel Piñuel, en Legutiano (Álava) en mayo de ese año; y el brigada Luis Conde, en Santoña (Cantabria) en septiembre.

También atribuyó a la cúpula etarra los atentados mortales del empresario Ignacio Uría en Azpeitia (Guipúzcoa), en diciembre de 2008; el policía nacional Eduardo Puelles en Arrigorriaga (Vizcaya) en junio de 2009; y los guardias civiles Carlos Sáenz de Tejada y Diego Salvá, en Calviá (Baleares) un mes después.

El juez González atribuyó siete delitos de asesinato a 'Ata', seis a Iriondo, cinco a 'Txeroki' y Elizaran y dos a 'Josu Ternera', que «estuvo al frente del aparato político» durante los años 2005, 2006 y 2007 «en unión» con el fallecido Francisco Javier López Peña, alias 'Thierry'. También les impuso fianzas por valor de responsabilidad civil de siete millones de euros para 'Ata', seis millones a 'Gurbitz', cinco a 'Txeroki' y dos a 'Josu Ternera'.

A todos ellos les imputó el delito de lesa humanidad (607 del Código Penal, castigado con penas de prisión de entre 15 y 20 años si causaran la muerte de alguna persona) al entender que estos atentados se cometieron «como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o parte de ella» y que las víctimas lo fueron por su pertenencia «a un grupo colectivo perseguido por razones políticas, étnicas o religiosas».

Asimismo, expuso que en toda estas acciones los «máximos dirigentes» de los aparatos político y militar en el periodo investigado «tuvieron conocimiento» de los objetivos e impartieron a los autores materiales las correspondientes instrucciones para los atentados.

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