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ATLAS ESPAÑA
Miércoles, 19 de diciembre 2018, 07:56
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Aprobados en el último Consejo de Ministros, hoy entran en vigor los nuevos contratos de alquiler que serán más largos, de cinco años cuando el arrendador sea persona física y siete cuando sea persona jurídica. Las prórrogas serán de tres años. Si 30 días antes de la finalización ninguna de las dos partes quiere que se extinga, automaticamente se prologará tres años más.Aunque la ley no obliga al inquilino a perpetuidad. Si lo desea, puede irse una vez han transcurrido seis meses desde la firma del contrato.La fianza será de una mensualidad en metálico para el alquiler de viviendas y de dos mensualiadades para arrendamientos de uso distinto a la vivienda. La agencia inmobiliaria ya no cobrará una mensualidad por la formalización del contratoFuera de la ley quedan las viviendas de más de 300 metros cuadrados y cuyo alquiler supere los 4.000 euros mensuales.En cuanto a los alquileres turísticos, si los vecinos logran una mayoría cualificada de 3/5 partes de la comunidad, podrán prohibirlos.además, el Gobierno no permite, por ahora, desgravaciones fiscales por vivir de alquiler o por tener arrendada una vivienda.
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