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Oficina de Banco Sabadell. E. C.
La justicia europea no ve ayudas de Estado en las aportaciones de la banca para reflotar entidades

La justicia europea no ve ayudas de Estado en las aportaciones de la banca para reflotar entidades

Anula las decisiones de Bruselas contra ellas y señala que los fondos de garantía de depósitos son privados y los bancos centrales «observadores»

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Lunes, 1 de abril 2019, 00:20

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La justicia europea acaba de dar un golpe importante a la Comisión (CE) que preside Jean-Claude Juncker, esto es, al Ejecutivo de la UE. Y lo ha hecho limitando el uso de una sus herramientas que más temen los Estados miembros de la Unión por su gran impacto económico: los procedimientos correctivos por ayudas de Estado.

En un fallo dictado el pasado 19 de marzo, el Tribunal General de la Unión Europea -una suerte de primera instancia en los pleitos de orden comunitario- ha anulado la decisión tomada por la CE de considerar que el respaldo financiero otorgado por el Fondo Interbancario di Tutela dei Depositi (FITD), órgano italiano similar al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGDEC) español, a un banco de aquel país constituía una serie de «ayudas incompatibles e ilegales» otorgadas por aquel país. Y por ello le emplazó a recuperar esos fondos.

La orden de Bruselas se produjo a finales de diciembre de 2015 y amenazaba con frustrar la intervención del FITD a favor de la Banca Tercas, bajo administración judicial desde 2012 por sus graves problemas financieros y que podía ser adquirida por la Banca Popolare di Bari. Esta, sin embargo, había condicionado su entrada a que el fondo de garantía italiano cubriera el déficit patrimonial de la primera -en julio de 2014 aprobó inyectar 265 millones de euros, más una garantía extra de otros 35 millones por el riesgo crediticio de algunas operaciones- y a que se realizará una auditoría.

Los casos de CAM y Unnim

Algo parecido pasó en otros Estados de la UE. En España, por ejemplo, el Fondo de Garantía de Depósitos se comprometió a cubrir las pérdidas que pudieran asumir Banco Sabadell y BBVA tras quedarse con la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) y Unnim -ambas en alto riesgo de quebrar-, en 2011 y 2012, respectivamente. Se le denominó esquemas de protección de activos (EPAs) y la factura se estimó en 4.490 millones.

Había, como en el caso de Italia, riesgo de que esas actuaciones pudieran ser vistas desde Bruselas como ayudas de Estado -el FGDEC es de mayoría pública en su gestión (el Banco de España y, en parte, el Ministerio de Economía), pero financiado por las propias entidades- y, además, de que su impacto revertiera de forma negativa en el déficit público. En el primer caso no se llegó a abrir un expediente, aunque la espada de Damocles europea no había desaparecido. En el segundo el Gobierno llegó a plantearse que los bancos incrementasen sus aportaciones al Fondo, aunque al final se pactó una derrama extra de las entidades.

Por eso la sentencia del Tribunal General de la UE sobre la banca italiana también supone, de rebote, un respiro para la española para evitar posibles sobresaltos futuros. Y es que los magistrados afirman que «la circunstancia de que en algunos casos los objetivos de interés general concuerden con el interés de entidades privadas (como los fondos de garantía de depósitos en Italia, España y otros países europeos) no ofrece, por si sola, ninguna indicación sobre la posible intervención de los poderes públicos, o la falta de ella».

Sus bancos centrales nacionales no disponen de «medios para obligarles a intervenir en apoyo» de una entidad «en dificultades» -la ayuda de Estado no requiere que esos medios «pertenezcan de modo permanente» al patrimonio público-. Es una decisión que sus socios, bancos privados, toman de forma «autónoma». Así, aunque aquí el Banco de Italia intervino en las negociaciones de toda la 'operación Tercas', «no es más que la expresión de un diálogo legítimo y corriente con las autoridades competentes de supervisión».

Reconocen los jueces incluso que el supervisor italiano «invitó» al FITD a alcanzar un «acuerdo equilibrado» con la Banca di Bari sobre Tercas, pero lo ven otra «expresión de un simple deseo, que no pretendía en modo alguno dirigir órdenes conminatorias a los interesados ni fue interpretado así por ellos». Incluso a los miembros del Banco de Italia que participan en el consejo del Fondo los califica de «meros observadores».

«La Comisión incurrió en error», concluye el tribunal, y no aportó pruebas suficientes de la influencia del Estado, más allá del reembolso a los depositantes en caso de quiebra.

Otras ayudas bajo sospecha de la UE

La Comisión Europea aún tiene varios casos pendientes con España por supuestas ayudas de Estado. Las más voluminosas serían los 440 millones de euros concedidos por el Gobierno entre 2o07 y 2016 a 14 centrales térmicas. El expediente aún no ha concluido. Sí lo ha hecho con los 167 millones dados a Correos entre 2004 y 2010, ordenando al Ejecutivo recuperar ese dinero. El asunto puede acabar ante el TJUE, que a su vez ha obligado al Tribunal General europeo a anular su fallo absolutorio sobre el entramado fiscal ('tax lease') diseñado en 2000-2001 para salvar los astilleros.

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