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Fotografía de archivo de un Airbus de Iberia. Reuters
IAG limita al 47,5% sus accionistas de fuera de la UE sin incluir a los británicos

IAG limita al 47,5% sus accionistas de fuera de la UE sin incluir a los británicos

El 'holding' que engloba a Iberia y British Airways obligará a vender las que superen ese tope que, según sus cuentas, es el que alcanza hoy en día

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Lunes, 11 de febrero 2019, 20:58

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IAG materializó este lunes su intención, contada por este diario el fin de semana, de «seguir siendo española» y, por extensión, europea, una vez entre en vigor el 'brexit' a partir del 29 de marzo. La dirección del 'holding' que engloba a las aerolíneas Iberia, Vueling, British Airways y Aer Lingus se mostraba «convencida» de ello, aunque no descartaba recurrir a las «obligaciones legales» para conseguirlo.

Y es justo lo que anunció a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV):_un tope al número de acciones propiedad de personas, jurídicas o físicas, que no tengan nacionalidad europea. Según la normativa que aplicarán desde Bruselas, bastaría con que el 50,01% –tanto en la propiedad como del control– de las aerolíneas con licencias para operar dentro del territorio de la UE estuviera en manos de una empresa residente en sus Estados socios.

Pero IAG ha querido ir más allá limitando la presencia foránea al 47,5% en ambos casos, que es precisamente «el nivel que ha alcanzado a fecha de 11 de febrero». Por lo tanto, a priori, no haría falta que ninguno de los socios actuales vendieran su participación y la medida solo afectaría a nuevas operaciones.

En este sentido desde IAG avisan que, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.8 de sus estatutos, tras la publicación de este anuncio «no podrá tener lugar ninguna adquisición de acciones por parte de personas no EU». E incluso advierte a los posibles interesados de que no les emitiría el certificado necesario para hacerlas efectivas, esto es, resultarían casi como 'papel mojado'.

A esos nuevos títulos propiedad de personas o empresas ajenas a la Europa comunitaria se les consideraría «afectados», de manera que se les aplicaría lo previsto en los estatutos. De esta forma se podrían «suspender sus derechos de voto y demás derechos políticos», en cuyo caso tendrían 10 días para «enajenar» esas participaciones, es decir, vendérselas a otro que sí cumpliera con las condiciones de nacionalidad.

Y si eso no ocurriera IAG estaría facultada, «por decisión del consejo», para adquirirlas por un precio que sería el menor del que resultara entre su valor teórico contable conforme al último balance auditado del grupo y el valor medio de cotización de los títulos. No obstante, todas estas decisiones de los administradores podrían llegar a ser recurridas y abrirse una larga batalla legal.

Excepción para Reino Unido

Sin embargo, en la cúpula del 'holding' estiman que no se llegaría a tal extremo porque el límite fijado ayer no obliga a ventas del accionariado actual. Pero para ello han empleado una argucia jurídica –valida hoy en día, pero no cuando se materialice la salida del Reino Unido fuera de la Unión–: «las personas británicas (no distingue entre físicas y jurídicas) no son ni serán tratadas como personas No EU» y, «en consecuencia, no están ni estarán sujetas» a tales «restricciones».

Ello «salvo que IAG notifique otra cosa» y, por ahora, «no tiene planes» de hacerlo. Por lo tanto, la duda es cuánto de su capital social sería ahora británico. En la lista de mayores participaciones que proporciona la CNMV solo figura el fondo de inversión Lansdowne (1,6%), con sede en Londres. No aparece, sin embargo, la aseguradora escocesa Standard Life, que tiene un 2,9%, lo mismo que el banco alemán Deutsche Bank.

Ese censo lo encabeza la aerolínea de los emiratos Qatar Airways, con el 21,4% –también es el tercer socio (9,6%) de la mayor compañía aérea asiática, Cathay Pacific, a la vez que controla la veterana italiana Meridiana–, el doble de la participación (10%) que tiene una filial de Capital Group, un gigante mundial de las gestoras de fondos de pensiones y de origen estadounidense. Les siguen otros tres fondos norteamericanos: Europacific (5,2%), Blackrock (3%) –uno de los nuevos reyes del 'ladrillo' en España– e Invesco (1,1%).

Suiza, Noruega, Liechtenstein e Islandia también están considerados «Estados miembros» de la UE en materia de regulación aeronáutica, pero no consta si hay accionistas de IAG de esas nacionalidades. Ahora, habrá que ver si la respuesta del 'holding' es considerada suficiente en Bruselas –eso sí, la excepción británica no se admitiría–, que podría dar un plazo de siete meses para adaptarse a sus límites, igual que a Ryanair y Easyjet si fuera necesario.

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