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Un momento de la mesa de debate en la Hemeroteca de El Norte. R. G.
Las buenas prácticas de las empresas

Las buenas prácticas de las empresas

Los negocios adaptan su normativa interna a los controles de riesgos derivados de la ley penal y a las ventajas del buen gobierno corporativo

Julio G. Calzada

Valladolid

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Viernes, 3 de noviembre 2017

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El mundo de la empresa evoluciona. Si hace años comenzó a imponerse la necesidad de que las organizaciones contaran con un código ético y unos valores que formen parte del ideario del negocio, las normas públicas han introducido en los últimos años una variación que, más allá de un simple cumplimiento, puede convertirse en una ventaja competitiva para las compañías; la de tener, y demostrar, un buen gobierno corporativo. Han sido quizá los efectos de la corrupción detectada en los últimos años en todos los niveles lo que ha reforzado la aparición de la ética como valor empresarial. Además de haber despertado en las conciencias de los legisladores la necesidad de un control empresarial o cumplimiento normativo para defender el patrimonio de la empresa.

KPMG Abogados y El Norte de Castilla han organizado un encuentro en el que compañías radicadas en Castilla y León han debatido y se han interesado por estas normativas, han manifestado cómo se preparan ante los cambios legislativos y durante el encuentro han contado con el asesoramiento de Alain Casanovas Ysla, socio de KPMG y responsable de los servicios de Compliance en KPMG Abogados. A la convocatoria acudió el director de Riesgos Laborales de Lingotes Especiales, Ignacio Sanzo; el presidente del Comité de Cumplimiento del Grupo Norte, Miguel Ángel Rodríguez-Sahagún, y el director de Operaciones de Grupo Matarromera, Julio Pinto. Junto a los anteriores también estuvieron presentes en la jornada Rubén de Pedro, director general de Zener;Ion Penas, responsable de Cumplimiento Normativo de Grupo Aciturri, y Javier Cancela, responsable de Control de Riesgos de Global Exchange.

El foco en el cumplimiento legal ha sido, dijo Casanovas, consecuencia sobre todo de la entrada en vigor de tres medidas concretas;la reforma del Código Penal en vigor desde 1 de julio de 2015 que introduce la responsabilidad penal de la empresa y las situaciones de exención de responsabilidad. Junto a ella, ese mismo año se produjo la modificación de la Ley General Tributaria y por último, la reforma de la Ley Sociedades de Capital.

Todos estos cambios normativos, precisó Alain Casanovas, conllevan que la responsabilidad penal pueda provocar en caso de incumplimiento normativo ciertas responsabilidades que deriven en la desaparición de la empresa. Todo ello en aras de mejorar la lucha contra la criminalidad empresarial, lo que produce la necesidad de contar con programas del denominado ‘compliance’ o cumplimiento normativo y junto a ellos, otros, estos de carácter voluntario, de cumplimiento ético. «Las malas praxis no pueden ser un simple coste cuando se hacen negocios», apuntó el experto de KPMG.

«La mejora del gobierno corporativo no solo radica en aclarar la cadena de responsabilidad en las organizaciones, sino también en aspectos como evitar la asunción imprudente de riesgos, cuestión que enlaza con una parte de los cometidos de ‘compliance’. En este sentido, teje un hilo directo de responsabilidad hacia el consejo de administración, cuando entiende que forma parte del núcleo esencial de sus labores de gestión y supervisión, la gestión de riesgos, otorgándole incluso el estatuto de competencia indelegable», agregó.

Es necesario que las empresas cuenten con un ‘compliance’ que refuerce un comportamiento ético en la empresa, y que esto más que un coste suponga un mayor valor en la empresa como valor reputacional para reforzar el buen gobierno corporativo, comentó Rodríguez-Sahagún, abogado independiente y externo a Grupo Norte. Esa posición externa también fue precisamente valorada por otros de los asistentes, como el letrado Ion Penas, quien tiene esas mismas condiciones de llevar a cabo las tareas de supervisión del cumplimiento normativo desde el exterior del núcleo directivo de Aciturri.

«Evitar patologías graves»

«No se trata de una novedad, las empresas llevan muchos años cumpliendo», matizó Alain Casanovas, pero las nuevas exigencias legales obligan a las compañías a tratar de evitar «las patologías más graves de incumplimento», apuntó. De manera que, si bien siempre han existido sistemas de control en las empresas, esos métodos transversales necesitan de una adecuada supervisión que logre que las firmas estén alineadas con la estandarización nacional e internacional», explicó el abogado quien auguró que «no tener esa costumbre será una desventaja competitiva en el futuro».

Coincidieron Ignacio Sanzo y Javier Cancela en la trascendencia de estos sistemas de control de riesgos que pudieran derivar en sanciones penales para las compañías en caso de que no se apliquen modelos de organización y gestión que incluyen medidas de vigilancia y control idóneas para la prevención de delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión, y añadió Penas la necesidad de una supervisión confiada a un órgano con poderes autónomos de iniciativa de la eficacia de los controles internos. «Lo importante es verificar que los controles existen», apuntó.

Diversos modelos

Las empresas convocadas han desarrollado en estos años modelos diversos de cumplimiento que apuntan hacia la importancia de salvaguardar la responsabilidad de la compañía, comentó Julio Pinto, quien observó, al igual que Rubén de Pedro, que la colaboración de expertos externos facilita esta tarea de vigilancia. En todos los casos, Pinto y De Pedro también incidieron en ello, hoy las compañías añaden a la documentación que recibe cada nuevo empleado, un código de buenas prácticas que sirve de base a todo el desarrollo posterior del cumplimiento normativo.

El código también forma parte de la documentación con la que cuenta cada empleado de Lingotes Especiales desde hace tiempo, indicó por su parte Sanzo. Cancela matizó las especiales características de Global Exchange, firma que extiende su presencia por una veintena de países y a la que, además de las normativas internacionales también afectan las distintas legislaciones locales «junto con el código ético y de buenas prácticas de la compañía», declaró. «Hoy se registra una evolución muy rápida y el temor reputacional es incluso superior al regulatorio», agregó y se mostró partidario de órganos de control internos sometidos a «una auditoría externa con reporte directo al consejo de administración», argumentó.

La clave, coincidieron todos, es un control interno adelantado que cuente con un asesoramiento externo que establezca una correcta alineación con los estándares de cumplimiento legal tanto nacionales como internacionales.

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