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El cobro del contestador de Movistar da derecho a cancelar las permanencias

Desde el 1 de octubre, la compañía factura a sus clientes de fijo 6,05 céntimos cada vez que escuchan sus mensajes del buzón de voz

EL NORTE

Domingo, 5 de octubre 2014, 18:41

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El cobro del servicio contestador que la compañía telefónica Movistar ha comenzado a aplicar desde el 1 de octubre a todos sus clientes de telecomunicaciones fijas da, en contrapartida, el derecho a cancelar las permanencias sin penalización alguna, según recuerda la asociación de consumidores Facua. La compañía ha decidido empezar a cobrar a los usuarios una nueva tarifa de 6,05 céntimos por cada vez que escuchen sus mensajes del buzón de voz.

La asociación de consumidores denuncia que Movistar está confundiendo a los usuarios al hacerles creer que con esta nueva tarifa solo se adquiere el derecho a darse de baja del servicio de buzón de voz sin penalización, cuando en realidad este cambio en sus condiciones contractuales permite además anular los contratos de permanencia.

Facua recuerda también que los compromisos de permanencia vinculados a descuentos no solo obligan a los usuarios a permanecer dados de alta durante un determinado periodo, sino que también obligan a las compañías a mantener las mismas condiciones tarifarias y de calidad de servicio. Es decir, legalmente Movistar estaría obligada a mantener la gratuidad del contestador a todos los usuarios con contratos de permanencia hasta que estos finalicen.

La compañía Movistar ha notificado a sus clientes que, a partir de octubre, las consultas de los mensajes del contestador tendrán un precio fijo y único de 6,05 céntimos por llamada, independientemente de los mensajes que recupere y siempre que lo haga en una misma llamada», con un máximo de 2,42 euros mensuales, IVA incluido.

Información engañosa

En la nota informativa, la operadora indica que «si las nuevas condiciones no resultan de su interés, tiene derecho a darse de baja de este servicio sin penalización, sin perjuicio de otros compromisos que tenga asumidos con Movistar».

Pero Facua entiende que la compañía no cumple específicamente con lo descrito en la normativa. Así, recuerda que el artículo 9 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, estipula claramente que «los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas sólo podrán ser modificados por los motivos válidos expresamente previstos en el contrato».

La asociación de consumidores añade que «los operadores deberán notificar al usuario final las modificaciones contractuales con una antelación mínima de un mes, informando expresamente en la notificación de su derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna».

Para darse de baja del servicio de buzón de voz de Movistar, los usuarios deben realizar una llamada marcando #10#.

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