Toque del Procurador del Común a la Junta por un desahucio de una madre y tres niños en Valladolid
Javier Amoedo pide que, ante un desalojo de una vivienda de titularidad autonómica, la Administración ofrezca una alternativa residencial
S. Escribano
Lunes, 2 de noviembre 2015, 11:56
La habían ocupado de forma irregular, aprovechando la patada en la puerta que habían dado, meses antes, unos familiares. Era una vivienda del barrio vallisoletano de Huerta del Rey, propiedad de la Junta y en ella residían una mujer y tres niños. Los responsables del Servicio Territorial de Fomento iniciaron el proceso judicial para desalojar a los primeros moradores, y lo reanudaron después con la familia que tomó el relevo en la ocupación.
El Procurador del Común, Javier Amoedo, conoció los hechos el 11 de marzo de 2015, días antes de que se produjera el desahucio de la madre y los tres menores. Una queja presentada por un ciudadano informaba al Defensor autonómico del inminente desenlace del proceso iniciado por la ocupación de la vivienda y de que la progenitora carecía de recursos económicos. Apenas una semana después, el 19 se consumó el desalojo con el respaldo de un auto judicial.
El Procurador disecciona el caso a través de una contundente resolución en la que no entra a valorar el auto judicial que ordenó el abandono de la vivienda, pero asegura, en referencia a la Junta, que era «exigible y con carácter previo a instar el desalojo de la misma, la valoración de la situación de vulnerabilidad de las personas afectadas, particularmente teniendo en cuenta la presencia de menores, y la adopción de las medidas de alojamiento y asistencia social necesarias».
Javier Amoedo destaca varias cuestiones en su resolución. Se trataba de una vivienda vacía y de titularidad pública y entre la denuncia por parte del personal de Fomento ante la Comisaría de Policía de la ocupación irregular y el desahucio mediaron cuatro meses en los que no se ofreció más alternativa a la mujer que la ocupaba de forma ilegal que la invitación a que «formulase la correspondiente solicitud de inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda de Protección Pública de Castilla y León».
Amoedo recuerda que ha tramitado quejas al respecto sobre la efectividad de este Registro. «Hemos conocido que una persona inscrita en 2013 para la provincia de Valladolid no ha participado todavía en ningún procedimiento de adjudicación de viviendas. La opción ofrecida por la Administración autonómica a la familia no era ni real ni adecuada a la inminente necesidad residencial generada con el desalojo», precisa el Procurador del Común. Amoedo considera que la actuación del Servicio Territorial de Fomento al promover el desalojo «sin ofrecer una adecuada atención a través de los servicios sociales dio lugar a una vulneración del derecho a la vivienda de todos los afectados por la pérdida del espacio donde desarrollaban su vida cotidiana, a pesar de que el mismo estuviera ocupado ilegalmente».
Para el Procurador, el desalojo ordenado judicialmente, unido a la situación de precariedad y exclusión social de la familia, les colocaron «en una situación de grave riesgo», en relación con la escolarización de los niños, y contribuyeron a la «declaración de desamparo» de los menores y, finalmente, al desconocimiento actual del paradero de la familia desalojada. Javier Amoedo concluye que es necesario «que se eviten situaciones como la descrita».
Para ello, el Procurador recomienda a los responsables de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente coordinación con los de Familia e Igualdad sobre las viviendas desocupadas existentes para poder atender a los colectivos en riesgo de exclusión social. Demanda «agilidad» para «adjudicar de forma rápida las viviendas atendiendo a las situaciones de necesidad de existan».
Javier Amoedo plantea que ante «ocupaciones ilegales de viviendas de titularidad pública que se encuentran vacías por familias en situación de exclusión, actuar ponderando adecuadamente el derecho a la vivienda de los ocupantes, especialmente si hay menores de edad, ofreciendo a estos, con carácter previo a instar el desalojo de la vivienda, soluciones residenciales alternativas y atención social».