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Julián Sánchez Melgar, en Palencia. / MERCHE DE LA FUENTE
Julián Sánchez Melgar, magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo: «No aplicar la doctrina Parot sale barato a los terroristas»
PALENCIA

Julián Sánchez Melgar, magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo: «No aplicar la doctrina Parot sale barato a los terroristas»

El jurista palentino, ponente de la doctrina, cree que la condena a España en el caso de la etarra Inés del Río «es una sentencia puntual»

RICARDO S. RICO

Domingo, 15 de julio 2012, 16:13

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El palentino Julián Sánchez Melgar, magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo, fue ponente de la doctrina Parot, tan de actualidad en estos días con la condena a España del Tribunal de Estrasburgo en el caso de la etarra Inés del Río. Sigue las noticias, pero en su ciudad natal adonde acude en Navidad, Semana Santa y algún que otro día en verano, como este sábado aprovecha para desconectar.

Fue ponente en la denominada 'doctrina Parot'. ¿Podría explicar qué es exactamente?

Se llama así por el caso en que se aplicó por primera vez en el año 2006, en concreto el 28 de febrero, y que evitó la puesta en libertad del terrorista Henri Parot. Se reunió la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en Pleno para resolver la interpretación del artículo 70 del Código Penal de 1973, similar al 76 del código vigente, cuando un condenado tiene muchas sentencias que cumplir y tal precepto marcaba un límite de 30 años para todas ellas. De acuerdo con la ley, deben cumplirse sucesivamente hasta llegar a dicho límite. De manera que se optó por ejecutar cada una de ellas con todos sus beneficios y descuentos, y si todavía quedaba margen hasta los meritados 30 años, tenía que cumplirse encadenadamente la siguiente hasta tal límite, de igual manera con todos sus beneficios penitenciarios, dejando de extinguir las que procedan desde que lo ya cumplido llegara a tal límite. Ni más ni menos. Esto produce algo que es sustancial con la justicia material, y lo es que no puede igualarse en su cumplimiento al autor de un solo asesinato que el seriado delincuente de veinte o más muertes a sus espaldas.

No sería justo...

Si todas las condenas se convierten en una sola, de 30 años de prisión, y a partir de ahí se aplican los beneficios penitenciarios y no se tienen en cuenta las demás condenas, se produce la paradoja, y la injusticia también, de que la libertad condicional se obtiene al transcurso de unos 18 años de prisión, y ahí se terminaría la condena. De esa forma, da igual cometer un delito que doscientos, por ejemplo, igualando situaciones absolutamente dispares. ¿Por qué van a ser iguales los autores de uno y de doscientos delitos? ¿Eso es justo? No. La interpretación de la ley no puede consentir esa solución. Las condenas se dictan para ser cumplidas, no para que resulten papel mojado. De esa forma, la ejecución sucesiva de las penas, que es lo que marca la ley, se produce mediante la aplicación de tal doctrina, que, por otro lado, se aplica a todos los delincuentes, y no solamente a los terroristas. Yo creo que este modo de cumplimiento lo puede entender cualquier ciudadano como algo justo.

A los terroristas les salía 'barato' cometer atentados...

Si todos los delitos a espaldas de un terrorista se convierte en uno solo, ¿qué importa cometer uno o varios? ¿Qué importa poner una bomba en un autobús, matando a treinta personas, si al final, es como si se hubiera acabado con la vida de uno solo? Claro que no aplicar tal doctrina sale barato. No lo digo yo, la prensa ha puesto de manifiesto que se han cumplido penas por asesinato que se han saldado con unos pocos meses por cada muerte. Eso no es justo. Otras veces, la falta de aplicación de la doctrina ha producido reincidencias intolerables.

¿Se ha sentido especialmente en el punto de mira de los terroristas a raíz de esa sentencia?

Evidentemente, sí. Tuvo que reforzarse mi seguridad en un tiempo. Pero la doctrina no es mía, es de la Sala de lo Penal en Pleno del Tribunal Supremo, y se ha venido aplicando linealmente en muchísimos casos a partir de entonces. Para terroristas y para no terroristas, especialmente delincuentes seriados en materia sexual, y otros asesinatos no cometidos por ETA. Para todos. La ley es igual para todos. Ahora, afortunadamente, la amenaza de la banda terrorista ha bajado, y todos estamos más seguros.

¿En qué medida ha contribuido esa doctrina a debilitar a ETA?

No lo sé con exactitud, nadie lo sabe. Han contribuido muchos factores, pero el fundamental ha sido el rechazo social contra la violencia, la extorsión y la muerte. Se produjo una inflexión con el asesinato de Miguel Ángel Blanco, y a partir de ahí, la sociedad detestó toda clase de terrorismo, ha sido una victoria del pueblo frente a los intolerantes. Los jueces no hacemos más que aplicar la ley, el mérito es de la ciudadanía en general. También de las fuerzas de seguridad.

¿Cómo valora la condena ahora del Tribunal de Estrasburgo a España por aplicar la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río?

Con cautela. La doctrina Parot fue validada y avalada por el Tribunal Constitucional español hace pocos meses, luego es constitucional, y no ha sido derogada. La condena de Estrasburgo se produce en un caso puntual, en donde se analiza un problema de fijación anticipada de cumplimiento de condena, no en términos generales, algo en lo que no puede meterse el TEDH. Hay que verla como una sentencia puntual, que no analiza en profundidad ese problema interpretativo, y que lo hace desde perspectivas muy generales, a base de la aplicación del principio de irretroactividad de normas desfavorables, que es un punto de vista conocido por cualquier tribunal penal, y desde luego, por el Supremo y el Constitucional español. No ha inventado nada que no sea perfectamente conocido por cualquiera. Desde ese punto de vista, no aporta nada a la 'doctrina Parot'.

¿Y la decisión del Gobierno de recurrir la sentencia a la etarra Inés del Río?

Me parece correcta tal decisión, y espero que en la Gran Sala comprendan la problemática jurídica, y dicten la resolución que estimen adecuada, pero con más conocimiento de causa.

¿Ha sido un varapalo personal?

No, la doctrina del Supremo ha sido suficientemente respaldada por el Tribunal Constitucional español, y Estrasburgo no ha visto más que un caso puntual. Al parecer, tienen treinta casos más para resolver, y un recurso ante la Gran Sala.

Su ponencia en la doctrina Parot le habrá granjeado simpatías, pero quizá ahora tenga detractores por haber votado a favor del archivo de la causa del presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo Carlos Dívar...

La verdad es que me mantengo alejado de ese tipo de resonancias sociales. Pero a Carlos Dívar se le debe dejar en paz, a mí me da pena el calvario que ha pasado.

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