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León de la Riva, durante una visita a la urbanización superior de los túneles del Pinar, en julio de 2014.
El Consultivo considera nulo el aval del soterramiento que firmó León de la Riva

El Consultivo considera nulo el aval del soterramiento que firmó León de la Riva

El órgano autonómico considera que el exalcalde «no siguió el procedimiento legalmente establecido»

J. Asua

Martes, 2 de agosto 2016, 11:18

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«El firmante de la carta de conformidad carecía de competencia para ello y su formalización se efectuó sin seguir el procedimiento legalmente establecido e incumpliendo las medidas extraordinarias en materia económico financiera para la reducción del déficit público establecidas para las entidades locales». Con esta contundencia, el Consejo Consultivo de Castilla y León declara nulo de pleno derecho el aval al crédito de 400 millones de euros conocido como comfort letter que León de la Riva rubricó el 26 de enero de 2011 con los bancos que financian la operación del soterramiento y que compromete (¿comprometía?) al Ayuntamiento de Valladolid en 101 millones frente a las entidades en el caso de que la operación de sutura urbana no salga adelante.

El dictamen, emitido el pasado 28 de julio por unanimidad de los miembros de la Sección Segunda de este órgano, supone un espaldarazo para el actual equipo de gobierno municipal y complica la situación del exalcalde de la capital, inmerso en un procedimiento penal por este asunto por presuntos delitos de prevaricación y falsedad en documento público, así como del pool de entidades que tenían en este documento una garantía de cobro.

La resolución del Consultivo, preceptiva para que el Consistorio pueda anular definitivamente este aval, aunque no vinculante, no deja lugar a dudas y asume por completo los argumentos que durante los últimos meses ha ido aportando el ejecutivo municipal. El dictamen, plagado de una profusa jurisprudencia al respecto, destaca que la Intervención General del Ayuntamiento debería haber elaborado un informe previo a la concertación de esta carta de conformidad «para analizar la capacidad de la entidad local para hacer frente, en el tiempo, a las obligaciones que de las operaciones de crédito se deriven para aquella, siendo el órgano competente para aprobar el documento el Pleno municipal».

El Consultivo resalta que en el presente caso no es que se hayan incumplido los requisitos esenciales para llevar a cabo la actuación por parte del entonces alcalde, «sino que sencillamente no se ha tramitado con este fin procedimiento administrativo alguno». Examinadas las actas y registros del Consistorio no figura ningún documento referido a este aval, según se destaca. Traducido, se rubricó de espaldas a todos los órganos.

Central de riesgos

La resolución aporta otro argumento en el que el actual equipo no había caído. Y es que el artículo 52 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales solo permite que los presidentes de las corporaciones autoricen operaciones de crédito a la largo plazo, cuyo importe acumulado, dentro de cada ejercicio económico, no supere el 10% de los recursos de carácter ordinario. Esta garantía al préstamo lo superaba por lo que tenía que haber pasado también por el salón de plenos, algo que no ocurrió. El Consejo Consultivo llama la atención sobre un aspecto que dispara las dudas sobre el procedimiento: los bancos no anotaron en la Central de Riesgos del Ministerio de Hacienda esta carta de conformidad, algo a lo que están obligados, según se establece en la misma norma de Haciendas Locales.

Con estos argumentos, el Consultivo considera que el acto es nulo de pleno derecho por haberse suscrito «prescindiendo total y absolutamente de procedimiento legalmente establecido». Pero aún hay más. Para rubricar la conocida como comfort letter el Ayuntamiento debía tener un ahorro positivo neto y un nivel de endeudamiento, incluida la operación a concertar, que no excediese del 75% de los recursos ordinarios. El nivel de endeudamiento en esa fecha era del 96,70% y de haberse aprobado el aval se hubiera disparado al 136,56%. «Por tanto, aunque hubiera sido autorizado por el órgano municipal competente y siguiendo el procedimiento legalmente establecido, la carta de conformidad sería nula de pleno derecho por carecer de un requisito esencial expresamente establecido en la Ley de Presupuestos general del Estado para 2011», recuerda el órgano que preside el leonés Mario Amilivia, del PP.

El Consejo Consultivo, que ha analizado las alegaciones presentadas por las entidades bancarias contra las pretensiones municipales de anulación de la carta de conformidad, recuerda a los prestamistas que «no se puede obviar la situación de intensa crisis que afectaba en 2011 a las entidades locales y que motivo la adopción de medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. «Medidas aprobadas normativamente y ampliamente publicitadas», se recalca en el dictamen. Así, el Consejo Consultivo subraya que «debió examinarse por las entidades interesadas la legalidad administrativa y financiera de un contrato tan importante, precisamente en un contexto de graves riesgos derivados de la crisis, en la que había caído el mercado del suelo y en la que se habían adoptado duras medidas para la estabilidad financiera y macroeconómica».

Está previsto que hoy se reúna la Comisión Especial de Seguimiento de la Operación de Soterramiento en la que a buen seguro se analizará esta resolución que otorga fuerza al Ayuntamiento de Valladolid para renegociar con las entidades bancarias el plan de pagos del crédito de 400 millones que se rubricó en 2011 por parte de la Sociedad Valladolid Alta Velocidad.

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