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Condenado por agresión sexual sobre una menor con la que contactó en Facebook

El individuo era amigo del padre de la chica de 14 años

el norte

Domingo, 5 de junio 2016, 20:18

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La Audiencia de Valladolid ha condenado a una pena de cinco años y un día de cárcel a un varón de 29 años de origen ecuatoriano, J.G.M.G, como autor de un delito continuado de agresión sexual sobre una menor de 14 años cometido entre los meses de mayo y agosto de 2015. La víctima era la hija de un amigo con la que contactó a través de Facebook, según publica Europa Press.

Frente a los once años y medio de cárcel y el pago de una indemnización en favor de la víctima de 6.000 euros solicitados por el Ministerio fiscal por delito continuado de agresión sexual y los veinticinco años y medio y la indemnización de 25.000 euros pedidos por la acusación particular--imputaba sendos delitos continuados de abuso y agresión sexual, otro más de agresión sexual y uno de exhibición de pornografía a una menor--, el fallo de la Audiencia de Valladolid rebaja la pena a cinco años y un día y al pago de 2.000 euros por daños morales al entender que en los hechos concurre un error vencible de prohibición, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Y es que la Sección Cuarta de lo Penal tiene en cuenta la nacionalidad del condenado, circunstancia que aplica en su favor como una especie de eximiente incompleta al considerar que pudo contribuir a su desconocimiento de que mantener relaciones sexuales con una menor de 16 años, aún de forma consentida, es delito a partir de la reforma del Código Penal que entró en vigor el 1 de julio de 2015 y que elevó el límite de la edad de la víctima, hasta entonces fijada en los 13 años.

Pese a ello, advierte de que se trata de un error vencible de prohibición--si hubiera sido invencible hubiera obligado a absolver al acusado--pues el ahora condenado, quien se encuentra integrado desde hace años en Valladolid, tenía posibilidad de conocer el carácter delictivo de su actuación antes de mantener relaciones sexuales con la menor.

En el juicio se analizaron hechos ocurridos a partir del 18 de mayo de 2015, fecha en la que el procesado, quien mantenía contacto a través de Facebook con la víctima, de 14 años e hija de un amigo, la convenció para que fuera a su domicilio y una vez allí, con el ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos, la llevó a su dormitorio y tras desnudarla y besarla por todo el cuerpo la penetró vaginalmente.

Vídeo porno en una tableta

Con posterioridad, el procesado, quien sostuvo que fue una relación consentida, repitió idéntica conducta en otras tres ocasiones más en los meses de julio y agosto de ese año. En la última, el 16 de agosto, J.G.M.G. volvió a consumar el acto con la menor, pese a la oposición de ella, y llegó a mostrarle en una tablet un vídeo porno para que la víctima aprendiera a realizarle una felación.

Los hechos se descubrieron tras este último episodio, ya que la menor, quien no sabía cómo poner fin a la situación, estuvo un tiempo sin regresar a casa, hasta que una amiga de la familia la encontró vagando por la ciudad. En el encuentro con su padre, la adolescente se abrazó a él y le contó todo lo ocurrido.

A consecuencia de ello, la víctima padece una sintomatología de índole ansioso-depresiva que precisó de medicación ansiolítica durante una semana y de sesiones de psicoterapia.

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