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Condenan por falsedad documental a la directora del Banco Santander en Cigales

Es la única acusada del juicio que mantuvo su inocencia y se opuso a una sentencia de conformidad

EL NORTE

Sábado, 13 de febrero 2016, 18:26

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La Audiencia de Valladolid ha condenado a una pena de seis meses de prisión a la actual directora del Banco Santander en Cigales, Nuria S.M, tras considerar probado que formaba parte de la organización que entre los años 2009 y 2010 estafó a distintos bancos y entidades de Valladolid más de 800.000 euros en operaciones de compra de viviendas, vehículos y otros bienes muebles.

La empleada de banca, hallada autora de un delito de falsedad en documento privado, fue la única de los dieciséis procesados que mantuvo su inocencia y se opuso a una sentencia de conformidad, mientras que el resto reconoció su culpa y pacto un conjunto de penas que suman 29 años de cárcel, en lugar de los 82 que inicialmente solicitaba la Fiscalía.

Pese a lo reducido de la pena recaída en Nuria S.M, lo más trascendente para ella es la repercusión desde el punto de vista laboral, ya que podría suponer su despido de Banco de Santander, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Su condena, según el fallo de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial, toma como principal prueba de cargo las escuchas telefónicas practicadas a los principales imputados en el proceso en las que éstos afirman que "¡la paya está comprada, vaya que lo está!", así como el testimonio de uno de los condenados, Julio J.J, que en el juicio ratificó tal extremo y precisó que percibía una comisión de entre 1.500 y 2.000 euros.

Por ello, ha sido condenada finalmente por haber actuado en connivencia con la organización para abrir en junio de 2010 una cuenta a uno de los acusados, a sabiendas de que estaba recibiendo una vida laboral y nóminas falsas, con el fin de que éste, quien ni siquiera llegó a personarse en la sucursal para estampar su firma, pudiera solicitar un préstamo por importe de 22.000 euros para la adquisición de un vehículo.

La operación no pudo llevarse a cabo debido a la intervención de la Policía Nacional, que se presentó en la entidad, detuvo a la directora y la mantuvo en tal situación en comisaría durante dos días.

En cuanto a los autores confesos, Rafael M.F, Julio J.J. y Gianfranco V, principales 'cabecillas' de la trama y quienes se exponían inicialmente a nueve años de cárcel cada uno, lograron acuerdos para reducir las condenas a dos años y ocho meses--serán los únicos que tendrán que ingresar en prisión--, mientras que los otros doce compañeros de banquillo dieron el visto a penas que oscilan entre los seis meses y un día, veintiún meses y dos años de privación de libertad, con las multas correspondientes, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En concepto de responsabilidad civil, cifrada en más de 800.000 euros, los procesados han satisfecho ya las indemnizaciones a las entidades perjudicadas, tanto en metálico como mediante la entrega de distintos inmuebles en dación en pago.

Las operaciones objeto de investigación en la presente causa se registraron durante los años 2009 y 2010, periodo en el que Rafael M.C. dirigió y organizó operaciones de compra de pisos, turismos y otros bienes muebles, desde instrumentos musicales, ropa infantil, recargas telefónicas y disposiciones en gasolineras, mediante la aportación de nóminas y otros documentos falsos para dar apariencia de legalidad.

COOPERACIÓN DE 'TESTAFERROS'

Para ello contó con la colaboración de sus otros dos supuestos lugartenientes, Julio J.J. y Gianfranco V, titular de una inmobiliaria en la Avenida de Segovia, con los que confeccionó nóminas y contratos de trabajo ficticios que entregaban al resto de procesados, éstos en calidad de 'testaferros', para que a cambio de una cantidad determinada de dinero se prestaran a figurar como solicitantes de créditos hipotecarios para la adquisición de los inmuebles y vehículos u otros efectos, como instrumentos musicales, ordenadores, una impresora, ropa infantil...etc.

El ardid está en que una vez presentada la documentación y obtenidos los préstamos, los encausados dejaban de pagar las cuotas de amortización y desviaban para sí mismos parte o todo el dinero obtenido en cada operación o se apoderaban de los bienes muebles, sin abonar su importe.

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