Borrar

Condenan a Ibermutuamur a pagar 30.000 euros a una trabajadora mal diagnosticada

Sufrió una rotura de escafoides en el pie pero no se le inmovilizó al pensar que se trataba de un esguince

EL NORTE

Martes, 23 de junio 2015, 12:29

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la mutua de accidentes laborales Ibermutuamur por un error de diagnóstico inicial a una paciente, de profesión periodista, tras el accidente laboral ocurrido en el año 2010 como consecuencia de una caída por las escaleras.

Según se informa desde el 'El Defensor del Paciente', cuyos asesores jurídicos se hicieron cargo del caso, en la sentencia se estima que ese error de diagnóstico se tradujo en una pérdida de oportunidad para la paciente, N.M.B, de 32 años en el momento del accidente, quien no pudo beneficiarse del tratamiento correcto en tiempo, comprometiendo con ello la curación de la lesión. Por ello, el TSJCyL reconoce una indemnización a favor de la paciente de 30.000 euros, como recoge la agencia Ical.

La afectada sufrió el día 29 de septiembre de 2010 un accidente laboral al caer por unas escaleras en el centro de trabajo, por lo que se personó en los servicios de urgencias de Ibermutuamur, donde fue diagnosticada erróneamente de un esguince de tobillo. Tras la realización de radiografías del pie, se visualizó una lesión en escafoides que, sin explicación ninguna, se atribuyó a una lesión «antigua», sin verificar con la paciente que fuera preexistente. De este modo, Ibermutuamur etiquetó como lesión antigua lo que, en realidad, después se vería que era la fractura que se produjo con la caída sufrida.

La paciente fue tratada con vendaje sin inmovilización, en la creencia errónea de que se trataba de un esguince, comenzando apoyo y movilización a los pocos días, así como también tratamiento de rehabilitación. Lejos de mejorar su lesión, la paciente aquejaba continuos dolores e impotencia funcional de su pie.

Finalmente, y ante la insistencia de la propia paciente, se realizó TAC en noviembre de 2010, en la que se advierte de que aquella «lesión antigua», en realidad era la fractura de escafoides que aquejaba la paciente desde un principio, y que erróneamente no se diagnosticó. Sin embargo, a pesar de la confirmación del error diagnóstico, no se modificó la actitud terapéutica por parte de los facultativos de la citada mutua.

No fue hasta el mes de enero de 2011, cuando se repite TAC ante las continuas y persistentes quejas de la paciente, y se diagnostica y trata la fractura de escafoides, que ya comprometía otras articulaciones. Este TAC informó de la misma lesión que ya se conocía en noviembre de 2010, pero ahora sí, se decide tratar la fractura de escafoides, lo que no se había hecho en el mes de noviembre, contando con el mismo diagnóstico.

La paciente, según recoge la sentencia, fue intervenida el día 7 de abril de 2011, de una fractura ya muy evolucionada, y con peor pronóstico de curación, al haber pasado siete meses desde que se produjera la lesión. «Tras un largo peregrinaje, con consultas incluso realizadas a facultativos externos a la mutua, reintervenciones, tratamientos de rehabilitación, unidad del dolor y medidas ortopédicas, la evolución de la lesión no cursó de modo satisfactorio, consecuencia de la movilización inicial de una lesión que necesariamente requería su inmovilización con escayola para que consolide la fractura. Esta falta de movilización hizo que se afectaran otras articulaciones adyacentes, comprometiendo con ello el buen curso de la lesión, quedándole secuelas y dolor crónico, con cojera».

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios