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Evaristo Abril en su etapa de rector de la Universidad de Valladolid.
Archivada la denuncia contra el exrector de la Universidad de Valladolid

Archivada la denuncia contra el exrector de la Universidad de Valladolid

La decisión es definitiva al no haber sido recurrida ni por la institución académica ni por la Fiscalía

PPLL

Jueves, 18 de septiembre 2014, 20:39

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El Juzgado de Instrucción número 3 de Valladolid ha archivado la investigación contra el que fuera rector de la Universidad vallisoletana entre el 16 de junio de 2006 y el 25 de mayo de 2010, Evaristo Abril Domingo, a quien se acusaba de haber compatibilizado aquel cargo con la coordinación del Grupo de Comunicaciones Opticas (GCO) y de haber favorecido a éste, al igual que a varias sociedades vinculadas al mismo.

El auto de sobreseimiento provisional dictado por la magistrada titular es ya firme, al no haber sido recurrido ni por la Universidad de Valladolid, ahora dirigida por Daniel Miguel, ni por la Fiscalía, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El actual rector, que en la etapa de los hechos investigados trabajaba como director general de la Fundación Parque Científico, ya se había mostrado en su día convencido de que Abril saldría «sin mancha» en este asunto, como así ha ocurrido.

La investigación se abrió después de que la Fiscalía de Valladolid analizara el contenido del expediente disciplinario de la UVA incoado en mayo de 2013 al hoy catedrático del Departamento de Teoría de la Señal y Comunicaciones e Ingeniería Telemática y en el que el instructor, Javier Alvarez García, proponía al entonces rector, Marcos Sacristán, la remisión de todo lo actuado al departamento que dirige Esther Pérez Jerez tras constatar la existencia de responsabilidad penal en el comportamiento de Abril.

Entre las actuaciones delictivas imputadas a Evaristo Abril y que habían sido detalladas en el informe que la UVA encargó a Javier Alvarez García, catedrático de Derecho Penal en la Universidad Carlos III de Madrid, se hacía referencia al convenio que, en calidad de Investigador Principal del Grupo de Comunicaciones Opticas, suscribió el día 12 de enero de 2010 con la Fundación Parque Científico Universidad de Valladolid, en virtud del cual el GCO se comprometía a abonar a la Fpcuva un 5% de la facturación externa de proyectos, en lugar del 15 por ciento general que corresponde a la UVA.

«De esta forma, se crea un régimen particular para determinados contratos suscritos con el GCO, cuando ningún otro supuesto semejante se ha dado en la Universidad, conculcando así lo previsto en el artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades (LOU)» y su reglamento, que regula la explotación comercial de los grupos de investigación y que fija en el 15 por ciento la retribución que recibirá la UVA por cada proyecto, contrato o trabajo firmado, según sostenía el citado catedrático.

El instructor concluí que aquel convenio firmado por Abril viene a exceptuar para «su» caso particular lo previsto en toda la normativa aplicable, lo que supone una «infracción del máximo rango, una infracción constitucional que afecta a las bases mismas del Estado de Derecho, un infracción clara, manifiesta y terminante de un principio básico en materia administrativa y, también, regulador de la actividad de la Administración Pública en su conjunto».

Perjuicio patrimonial

Pero además de la dimensión jurídica de este «régimen particular» establecido en las relaciones entre el GCO y la Fpcuva, el instructor subrayaba la dimensión patrimonial referida a las cantidades que la UVA había dejado de percibir y que habrían engrosado la cuenta del grupo investigador liderado por el entonces rector.

En este sentido, el autor del informe aludía a la gran cantidad de empresas e instituciones para las que se trabajó utilizando infraestructuras del Centro de Proceso de Datos (CPD) de la UVA, lo que sin embargo no se reflejó en los contratos formalizados a través de la institución académica o de sus entes gestores, algo que, en su opinión, había de tenerse muy en cuenta en las actuales circunstancias puesto que las cantidades recaudadas por la Universidad a cuenta de los porcentajes que le corresponden por la aplicación del artículo 83 de la LOU integran su presupuesto ordinario.

Además de estas conductas, a su juicio constitutivas de delitos de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos, el catedrático de la Carlos III de Madrid se centró también en la utilización «indebida» de espacios, infraestructuras y equipamientos de la UVA por parte del GCO liderado por Abril y varias sociedades vinculadas.

Aseguraba que el Edificio I+D de la Universidad de Valladolid y el Centro de Proceso de Datos (CPD), ubicados en el Campus Miguel Delibes, se convirtieron en escenario de trabajo en exclusiva, en detrimento de otros grupos investigadores, tanto del Grupo de Comunicaciones Opticas como de la fundación privada CEXC--cuya presidencia ocupó Abril al poco de dejar el puesto de rector--que fue impulsada por la Empresa de Base Tecnológica (EBT) LUCE IT, creada por un profesor asociado de la UVA y miembro del GCO.

Monopolio

En el caso de ese uso monopolístico del CPD por el grupo liderado por Abril y la fundación que presidía, el autor del informe refería incluso que tal instalación, dotada en ese periodo con material que supuso un altísimo coste económico, estuvo bloqueada y no pudo ser utilizada por otros grupos de I+D hasta finales de junio de 2012, y ello a pesar de los reiterados llamamientos de la UVA, cuando se hizo entrega de las llaves de los equipos.

Tal circunstancia, a su juicio, supondría un nuevo caso de malversación de caudales públicos por parte de Abril como presidente de la Fundación CEXC al mantener a ésta en las instalaciones de I+D de la UVA pese a carecer de autorización para ello.

En el rosario de actuaciones delictivas imputadas al catedrático de Teoría de la Señal se incluían igualmente el contrato suscrito el 1 de junio de 2011, siendo ya exrector, con la empresa LUCE IT--estaba participada por la Fundación CEXC, presidida ya por Abril--y con la Fpcuva que tenía por objeto la prestación por parte del GCO de determinados trabajos relativos a «servicios técnicos repetitivos», cuando el autorizado para la firma era el Vicerrector de Investigación.

«Lo verdaderamente relevante es que un funcionario con dedicación a tiempo completo ha suscrito un contrato con una empresa en la que participa una entidad que él mismo preside y que tiene por objeto el desarrollo de una cierta actividad por parte del GCO que él mismo lidera», advertía el instructor, categórico al considerar que tal hecho vulneraba la Ley de Incompatibilidades.

Idéntica situación se habría producido, a su entender, con otro contrato suscrito en esa misma fecha y con idéntica finalidad con la Fpcuva y directamente con la Fundación CEXC que presidía Abril, con la particularidad de que entonces hizo que apareciera una tercera persona como apoderada.

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