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Viernes, 11 de julio 2014, 14:18
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Por Sentencia de 8 de julio de 2014, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha anulado la segunda modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Valladolid, aprobada por el Ayuntamiento en abril de 2012, por la que se decidió la ubicación de sendos aparcamientos subterráneos en la Plaza de la Antigua y bajo el Mercado del Val.
Ratificando su Sentencia de 16 de enero de 2014 referida a la primera modificación del PGOU, de diciembre de 2010, el TSJ «entiende que el Ayuntamiento debió consultar a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León si la citada modificación debía someterse o no a evaluación ambiental, dado que no parece que pueda negarse la afección significativa al medio ambiente que podría tener la misma cuando los proyectos que de ella pueden derivar tienen esa evidente repercusión ambiental».
La sentencia destaca en este sentido que «aparte del dato de su ubicación, en pleno casco histórico de la ciudad», la ejecución de los aparcamientos en cuestión podría afectar «a la protección de los Monumentos que se encuentran cercanos (en el caso del Mercado del Val, la del propio edificio bajo el que se situará), a la compatibilidad de las condiciones de los entornos de dichos monumentos y a la protección de los restos de yacimientos arqueológicos que pudieran encontrarse».
«Asimismo y en cuanto a los estándares de calidad ambiental o de valores límite, no parece que puedan desconocerse los datos que resultan del Mapa Estratégico de Ruido de Valladolid [] de cara al menos a afirmar la posibilidad de que la Modificación de que se trata tenga consecuencias significativas sobre el medio ambiente», elevando los niveles de ruido que se soportan en el centro por el incremento en la circulación de vehículos, según informa una nota de prensa.
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