El campo español padece desde hace décadas la lacra de los robos en explotaciones. La gran amplitud del territorio a proteger conforma un espacio ideal para que las bandas puedan acceder con escaso riesgo a las producciones todavía sin recoger, a las que ya están en almacén, al ganado e a innumerables bienes materiales como cobre, herramientas, maquinaria, bombas, grupos electrógenos... Una situación que genera pérdidas para el empresario agrario, inseguridad, pero también riesgos para el consumidor.
La pasada semana, PSOE y CiU llegaron a un preacuerdo que sin tener como objetivo actuar en este campo, sí puede beneficiarle de forma directa. Se trata de una Reforma del Código Penal que entre otros aspectos posibilitaría que los infractores de pequeños hurtos, por valor de hasta 400 euros, puedan ingresar en prisión. Si se incorporan estas modificaciones, los delincuentes con tres faltas podrían ir a la cárcel, hayan sido juzgadas o no, mientras que hasta ahora eran necesarias cuatro sin enjuiciar. En la práctica significaba el no encarcelamiento de los autores. Por otro lado, será un agravante el hecho de pertenecer a banda organizada, algo frecuente en los robos agrarios que en su mayoría necesitan de un equipo humano, en particular si es robo de producto agrario, así como de una adecuada vigilancia.
Esta reforma surge con el objetivo de luchar contra delincuentes muy reincidentes como los carteristas, pero podría ser muy práctico para el ladrón del agro, ya que las sanciones o penas son tan reducidas que en ningún caso disuaden al infractor. Se trata de una buena iniciativa, pero que requeriría reforzarse con otras complementarias. Si bien es cierto que el robo en origen es muy difícil perseguirlo dado la enormidad del campo español y el aislamiento de muchas fincas, quizás no lo sea tanto la comercialización del producto robado. Es responsabilidad de los intermediarios el conocer el origen del material que adquieren o la legalidad del interlocutor al que se lo compran. Por otro lado, tampoco los consumidores están exentos de responsabilidades. La adquisición de productos alimentarios, frutas, hortalizas o cualquier otro, se debe realizar en comercios o en mercados autorizados. También las pequeñas producciones locales. Lo que en ningún caso se debe hacer es comprar fuera de estos espacios, pensando que por ello el producto es más natural. Todo lo contrario. Cualquier alimento adquirido fuera de la cadena comercial legal puede tener riesgos para la salud. Por ejemplo, lo periodos de almacenaje son preceptivos para garantizar la degradación de determinados productos fitosanitarios y garantizar su inocuidad. Saltarse esta etapa de la cadena, además de favorecer el fraude, implica riesgos reales.