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Un letrado lleva a juicio a una mujer que dejó de pagar 60 euros en un proceso laboral

RECLAMACIÓN DE ABOGADO

Un letrado lleva a juicio a una mujer que dejó de pagar 60 euros en un proceso laboral

16.04.10 - 01:23 -
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Al igual que sucede en otras profesiones liberales (arquitectos, notarios o registradores), cuando un cliente no está de acuerdo con la factura de un abogado siempre puede impugnar la minuta por la tasación de las costas que impone el juez en una sentencia, y por los honorarios que fija en su factura el letrado.
Sin embargo, el cliente no opta por este camino y lo que hace es dejar de pagar pensando que aunque la cantidad es pequeña su abogado no se desgastará. Cosa que no siempre sucede.
Un letrado con despacho en el centro de la capital decidió a finales del 2009 llevar a juicio monitorio a una de sus clientes a la que había asesorado en el Juzgado de lo Social número 4.
La Ley de Enjuiciamiento Civil dice que este procedimiento judicial en Primera Instancia está destinado a reclamar deudas dinerarias, vencidas y exigibles de las que se pretende un cobro rápido, sencillo y eficaz.
En este caso, al ser la deuda de 60 euros con la cliente e inferior a los 30.000 euros, otra de las exigencias es que es preciso documentarla mediante factura.
El letrado suele jurar por escrito ante el magistrado que no ha recibido ninguna cantidad por los servicios prestados, y a partir de ahí se inicia el largo procedimiento de papeleo que comienza con la localización del domicilio de la parte deudora.
Como suele ser habitual en este tipo de situaciones, el cambio de residencia es una práctica habitual, por lo que se hace necesario la publicación de un edicto en el Boletín Oficial para que no se produzca indefensión. En el Juzgado se examinan las facturas pedientes, albarane y telegramas que se han enviado para localizar al deudor. Si todo es correcto se puede dar por iniciado el juicio monitorio, a cuyo autor en la mayoría de los casos se declara en rebeldía en una primera fase por ilocalización.
Aunque no es lo normal, si el demandando paga antes de 20 días, se le entrega un justificante y se archivan las actuaciones.
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