El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó ayer el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, normativa que incluye un régimen sancionador en el que se incluye, «por primera vez», la falta de respeto y las coacciones, amenazas o represalias a los profesionales sanitarios.
Las infracciones leves, graves y muy graves conllevarán sanciones que oscilarán entre los 300 y los 600.000 euros en función del hecho y de si concurren en el mismo «intencionalidad, reiteración, reincidencia, el número de personas afectadas, los perjuicios causados por el agresor y los beneficios que ha obtenido», informó el consejero de Sanidad, Francisco Javier Álvarez Guisasola.
Hechos aislados o anecdóticos hace unos años, las agresiones verbales y físicas a médicos, enfermeros y resto de personal sanitario son tristemente habituales en la actualidad. Los últimos datos apuntan a que los trabajadores de hospitales y centros de salud de Castilla y León sufren siete agresiones al mes. La Consejería de Sanidad puso en marcha en julio del 2008 un registro de estos actos violentos que ha permitido contabilizarlos.
Pero la normativa que la Junta enviará a las Cortes para su debate y aprobación es mucho más amplia. Sustituirá a la ley de 1993, desfasada tras 17 años de vida en los que Castilla y León ha recibido las transferencias de la atención sanitaria (2002) y ha legislado sobre aspectos parciales en este terreno y tenido que adaptarse a varias leyes de aplicación estatal.
La futura Ley de Ordenación del Sistema Sanitario prevé la implantación de la figura del defensor del paciente, denominado defensor del usuario. Será una «figura independiente», nombrada a instancias del consejero de Sanidad «entre personas de reconocido prestigio en el ámbito sanitario o jurídico-sanitario». Este defensor redactará informes anuales y efectuará recomendaciones y sugerencias para mejorar la atención de los pacientes.
Derechos y deberes
La normativa refuerza los derechos y deberes de los usuarios -aspecto que cuenta con una ley autonómica propia- y pone en marcha prestaciones nuevas en salud pública y atención sociosanitaria. El texto recoge en una sola norma las prestaciones de atención primaria, atención especializada, atención de urgencia, prestación farmacéutica, prestación ortoprotésica, productos dietéticos y transporte sanitario, además de las nuevas de la atención sociosanitaria y la salud pública. Este último ámbito contempla la vigilancia epidemiológica y la salud laboral, entre otros aspectos. Las prestaciones sociosanitarias recogen los cuidados sanitarios «de larga duración y convalecencia de pacientes con déficit funcionales recuperables».
La ley incluye también el voluntariado sanitario, según destacó el consejero Guisasola, y regulará un sistema de acreditación sanitaria para verificar la calidad de la atención y el servicio que prestan los profesionales, y los distintos servicios y centros sanitarios de la comunidad, además de regular órganos asesores con expertos.