El joven marroquí acusado de agredir sexualmente a una joven en Guardo en el año 2008 ha sido condenado finalmente a una pena de dos años de cárcel, una indemnización de 12.000 euros para la víctima y el compromiso de cumplir una orden de alejamiento de la chica durante un período de cinco años. El juicio por esta agresión sexual se celebró ayer en la Audiencia de Palencia con un acuerdo de conformidad que permitió que únicamente prestara declaración el acusado, que reconoció que realizó tocamientos a la joven contra su voluntad, y evitó que tuvieran que declarar los numerosos testigos que estaban convocados.
Los hechos juzgados ayer en la Audiencia de Palencia se remontan a noviembre del 2008. El acusado, de nacionalidad marroquí y con estancia legal en España, había coincidido ya en varias ocasiones con la joven en distintos bares del municipio y había intentado entablar relaciones con ella, a lo que la mujer mostró su reiterada oposición. Según el relato de la Fiscalía y la acusación, esa noche el procesado persiguió a la joven hasta el baño del bar y logró introducirse con ella dentro, donde la tocó en varias ocasiones e intentó mantener relaciones completas, a pesar de la permanente oposición de la mujer, que finalmente logró librarse de él cuando alguien llamó a la puerta del cuarto de baño del bar. Inicialmente, la Fiscalía había solicitado los hechos de agresión sexual y reclamaba una pena más elevada, de seis años de cárcel, una indemnización de 1.200 euros y una orden de alejamiento por 16 años. La acusación particular, ejercida por la joven, mantuvo la misma petición de condena que la Fiscalía, pero elevaba la condena a 12.000 euros. Por su parte, la defensa del acusado pedía la libre absolución, al considerar que había existido consentimiento por parte de la chica para entablar esa relación. El procesado reconoció finalmente en la vista oral los hechos que se reflejan en el acuerdo de conformidad y asumió que había cometido una agresión sexual y había realizado tocamientos a la chica en contra de su voluntad.