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DIARIO DE NAVARRA
Las polémicas valoraciones del juez discordante: «En el vídeo hay jolgorio y regocijo»

Las polémicas valoraciones del juez discordante: «En el vídeo hay jolgorio y regocijo»

Su voto particular aboga por la absolución de los cinco jóvenes de los delitos de los que se les acusaba, agresión sexual, contra la intimidad y robo con intimidación

Iban Garbayo

Madrid

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Jueves, 26 de abril 2018

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La sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha publicado este jueves la sentencia del caso de 'La Manada', como se autodenominaban los cinco jóvenes sevillanos acusados de violación a una chica en los sanfermines de 2016, cuyo fallo ha generado gran expectación. Durante el proceso judicial del caso, una voz discrepante ha roto la unión entre los magistrados. Se trata de Ricardo González, cuyo voto particular se ha desmarcado del veredicto de sus dos compañeros -José Francisco Cobo y Raquel Fernandino- y decantado por pedir la absolución de los cinco acusados de los delitos de agresión sexual, contra la intimidad y robo con intimidación por el que habían sido juzgados.

Las actuaciones de Ricardo González durante el proceso judicial ya avisaban que podría discrepar de sus 'colegas' de profesión, pero nadie esperaba que pidiese la absolución de todos los acusados. Durante los casi dos años que ha durado el proceso judicial, González ya había dado indicios de no estar en la misma sintonía que los otros dos miembros del tribunal. Un ejemplo claro fue cuando el pasado 1 de diciembre -con el juicio visto para sentencia- tuvieron que pronunciarse acerca de conceder la libertad provisional de los acusados a petición de la defensa. Hasta en tres ocasiones -mediante voto particular- trató de forzar esta medida, pero el criterio de Cobo y Fernandino tumbó la petición.

Otro indicio que dejó patente su postura se produjo durante las preguntas que realizó a la denunciante el día en el que la chica declaró en la Audiencia Provincial de Navarra. Su insistencia en preguntar temas tan 'espinosos' como por ejemplo (cómo podrían saber los acusados que la víctima no quería mantener relaciones sexuales) dejaron patente sus dudas acerca de la culpabilidad de 'La Manada'. Además, fue la única vez que González tomó la palabra e incidió en la importancia de su respuesta: «Quiero simplemente puntualizar, desde mi punto de vista, extremos que pudieran ser relevantes en su caso». «Está claro que, dolor usted no sintió», llegó a decirle a la joven, después de que ésta relatase que entró en shock emocional cuando se percató de lo que estaba ocurriendo. Este fue el diálogo que juez y víctima mantuvieron, y cuyas palabras causaron un profundo revuelo.

Por su parte, José Francisco Cobo siempre ha sido visto como el más favorable a una condena más dura, mientras que la tercera magistrada, Raquel Fernandino, se ha mostrado como la balanza encargada en inclinar el fallo en un sentido u otro.

¿Por qué razón ha habido un voto particular?

Cuando un tribunal no consigue consensuar un fallo, se produce un voto particular. El magistrado Ricardo González ha abogado por la absolución de los cinco jóvenes de los delitos de los que se les acusaba y solo condenar a uno de ellos por un delito de hurto (robo del móvil de la denunciante) a una multa de dos meses con una cuota diaria de 15 euros. En la sentencia conocida este jueves 26 de abril, González expresa su disconformidad con el veredicto donde se puede leer «el Sr. Magistrado D. Ricardo Javier González González , manifestó su voluntad de formular un Voto Particular discrepante del criterio mayoritario de la Sala» (pag.12).

Más adelante, en la página 134, González expone «con el máximo respeto que me merece la opinión mayoritaria de este Tribunal, me veo en la obligación de mostrar mi discrepancia, al amparo de lo previsto en el artículo 260 LOPJ, respecto de la resolución mencionada, al discrepar del relato de hechos que se consideran probados y de la valoración de la prueba realizada por mi compañero y compañera de Sala, así como de la condena a los cinco acusados por un delito tipificado en el artículo 181.3 y 4 del Código Penal».

«Un ambiente de jolgorio»

El magistrado Ricardo González afirma en su escrito que en los vídeos grabados por los acusados sólo observa a cinco varones y una mujer practicando «actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo». En su voto particular, tras denunciar el «innegable, por notorio y evidente, juicio paralelo que desde el primer día ha tenido este proceso», el juez sostiene que la víctima «ha incurrido en tan abundantes, graves y llamativas contradicciones que las modificaciones introducidas en su relato durante el acto del juicio oral constituyen auténticas retractaciones».

Respecto al vídeo presentado en el juicio como prueba de cargo, el juez señala que el rostro de la joven muestra una «innegable expresión relajada, sin asomo de rigidez o tensión», lo que «impide sostener cualquier sentimiento de temor, asco, repugnancia, rechazo, negativa, desazón, incomodidad».

Las imágenes, asegura, son «ciertamente de contenido perturbador», pero no aprecia otra cosa que «una cruda y desinhibida relación sexual, mantenida entre cinco varones y una mujer, en un entorno sórdido, cutre e inhóspito y en la que ninguno de ellos (tampoco la mujer) muestra el más mínimo signo de pudor, ni ante la exhibición de su cuerpo o sus genitales, ni ante los movimientos, posturas y actitudes que van adoptando».

Incluso, agrega, de los gestos, expresiones y sonidos que emite la joven se desprende «excitación sexual», aunque reconoce esto no supone necesariamente que la relación sexual sea consentida. La escena, insiste el magistrado, «es de una innegable crudeza, tanto por el lugar en el que se desarrollan las relaciones como por la desigual suma de participantes (cinco hombres y una mujer), y el sexo que se expone en ellas es de una impudicia más que notable». Sin embargo, añade, «me resulta en conciencia imposible afirmar que lo que se está viendo sea una agresión sexual violenta o que la mujer actúe bajo la influencia de una intimidación que, por más que se pretenda por las acusaciones, no se manifiesta en modo alguno, como también que se encuentre en un estado de 'shock' de tal intensidad que la tenga paralizada o sometida».

Ricardo Javier González González nació en 1960 en Madrid. Casado y con dos hijos, ejerce como magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra desde el año 2001. Su anterior destino fue el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Bilbao. Criado dentro de una familia de gran tradición en el mundo de la judicatura, su padre en el pasado, y sus dos hermanos en la actualidad, ejercen la profesión en dos juzgados de Pamplona.

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