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Si no quieres recibir publicidad no deseada esto es lo que debes hacer

Si no quieres recibir publicidad no deseada esto es lo que debes hacer

La OCU proporciona algunas pautas para librarte del spam aunque no sea sencillo

El Norte

Valladolid

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Sábado, 2 de diciembre 2017, 20:21

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Llamadas, e-mails, SMS... la publicidad inunda casi cada ámbito de la vida. Muchas veces el cliente pide que no continúen con la campaña y aun así, las compañías siguen insistiendo. Desde la OCU apuntan a que las empresas tienen unos límites establecidos por ley dan algunas pautas para librarse de la publicidad no deseada.

1

La Lista Robinson. Es un registro en el que se pueden apuntar todos aquellos que no quieren recibir publicidad pero cuenta con dos importantes matices:

a) Si alguna vez has tenido contacto con la empresa en cuestión deber ser el cliente quién les contacte directamente para decir que quiere dejar de recibir publicidad.

b) Las empresas tienen tres meses para dejar de enviar publicidad desde el momento en el que alguien se apunta la lista.

Desde la OCU aseguran que puedes apuntante en cinco minutos. Piden tus datos personales, recibes un e-mail para confirmar y ya tienes tu nombre de usuario (el DNI o NIE) y una clave numérica.

Después hay que pinchar en 'Acceso al servicio' donde pedirá nombre y clave para preguntar porque vía quieres dejar de recibir publicidad. Las opciones son e-mail, teléfono (móvil y fijo), correo postal y mensajes SMS/MMS. Se activan por separado, indicando tu dirección/número. Todo quedará confirmado por 'e-mail' y es conveniente guardarlos.

2

La Agencia de Protección de Datos. Si te has apuntado a la Lista Robinson hace tres meses o si has pedido por escrito a alguna empresa que deje de enviar publicidad y te ignora puedes denunciarlo a la Agencia de Protección de Datos.

En su web puedes encontrar todo lo que necesitas para denunciar. Se puede hacer por Internet si dispones de firma electrónica o en persona en la C/ Jorge Juan, 6 (28001, Madrid).

La Ley

La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) fija los límites publicitarios para las empresas. Para mandarte publicidad debes cumplir uno de estos dos requisitos:

Tus datos están en bases de datos públicas: La mayoría de los consumidores ya no se acuerdan de en qué listas estan sus datos por la Ley obliga a las empresas a decirte en cada comunicación de dónde han sacado tus datos.

Que hayas dado tus datos voluntariamente: La Lista Robinson y las peticiones de no recibir más publicidad son las vías para acabar con esto.

Sobre las llamadas telefónicas

Las empresas tienen obligaciones a la hora de llamar por teléfono para hacer publicidad:

- La empresa deberá informar claramente al consumidor de la identidad del vendedor; la finalidad comercial, las características esenciales del producto o servicio, el precio y el derecho de desistimiento del usuario.

- No podrán realizarse por sistemas automatizados, salvo que el consumidor lo haya autorizado expresamente.

- Están prohibidas las llamadas que se efectúen desde un número oculto.

- El consumidor deberá tener la posibilidad de oponerse a las comunicaciones comerciales recibidas por fax, teléfono, correo electrónico u otros medios equivalentes. Si ya existe una relación el consumidor debe saber qué hacer para no recibirlas.

- En la primera comunicación que realice la empresa, deberá informar al consumidor, tanto de su derecho a oponerse a recibir nuevas ofertas como a obtener el número de referencia de dicha oposición. A solicitud de consumidor, el empresario estará obligado a facilitarle el justificante de haber manifestado oposición, que deberá remitirle en el plazo más breve posible. Como mucho, un mes.

- La empresa que realice la oferta publicitaria deberá conservar durante un año los datos relativos a los usuarios que se hayan opuesto al tratamiento de sus datos, junto con el número de justificante facilitado.

- La modificación del Texto Refundido de Defensa de Consumidores y Usuarios regula los horarios en los que las empresas podían ofrecer sus productos a los usuarios por vía telefónica que solo pueden ser de 9 a 21 h. y nunca en festivos o fines de semana.

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