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Miércoles, 23 de mayo 2018, 21:48
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En los vehículos siempre hay que llevar una documentación obligatoria ya que nunca se sabe a qué te puedes enfrentar. No llevarla encima puede ser motivo de sanción por parte de las autoridades. Incluso podría suponer pérdida de puntos.
El carné de conducir es la principal documentación que debemos llevar encima; en segundo son los papeles correspondientes al permiso de circulación y en tercero la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos. Ya no es necesario llevar el recibo del seguro obligatorio o del impuesto de circulación.
La ausencia de los anteriores puede ser objeto de multa. La tarifa de multas de 2018 en estos casos es la siguiente:
1- Si no dispones del permiso de conducción: infracción leve, sanción máxima de hasta 100 euros. Hoy, según, los Automilistas Europeos Asociados (AEA), en declaraciones a 'La Vanguardia', se está sancionando con una multa de 10 euros. Si dispone de información errónea o está caducado, la multa ascenderá a 200 y si el sujeto no está autorizado por retirada de carnet, la sanción será de 500 y cuatro puntos menos.
2- Permiso de circulación: desde 10 a 500 euros.
3- Documentación de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV): Si circula con la ITV caducada o desfavorable, 200 euros; si es negativa: 500 euros.
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