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Padres y alumnos se dirigen a clase en un colegio de Valladolid.
La trastienda de la vuelta al cole

La trastienda de la vuelta al cole

El regreso de los críos a las aulas es uno de los momentos clave del año, pero el simple hecho de regresar a las clases provoca en algunos padres dudas de tipo legal.

Eloy de la Pisa

Lunes, 14 de septiembre 2015, 18:08

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Que los niños vuelvan al colegio ocurre todos los años, pero para muchos padres, ya sea por novedad ya sea por que ha cambiado su situación familiar, tal acto puede suponer desde quebraderos de cabeza hasta dudas más o menos difíciles de solucionar. Aspectos relacionados con los libros de texto, o los uniformes, o las becas, o los gastos, se convierten de golpe y porrazo en asuntos importantes a los que pocos días antes no se había prestado especial interés.

Veamos algunas posibilidades

Material escolar y uniformes. ¿Pueden los colegios obligar a los padres a comprar los libros en tal o cual establecimiento? ¿Tienen derecho a sugerir dónde adquirir el material escolar? ¿Y a estblecer que el unforme se compre en el centro? Según los expertos de la empresa Legálitas, desde el año 2007 hay libertad de precios y los colegios públicos o concertados no pueden obligar a los padres de los alumnos a realizar la compra del material escolar en sus instalaciones. Muy claro.

En cuanto al uniforme, empero, las cosas no son tan diáfanas. Es cierto que de entrada nadie puede obligar a unos padres a adquirir algo en un lugar determinado, sí es cierto que en el caso de colegios concertados puede darse el caso de se especifique que las prendas lleven bordado el logo del colegio y estas se vendan únicamente en el centro a un precio más elevado que el de mercado. En esta situación Legálitas aconseja «solicitar que en reunión del AMPA se incluya como uno de los puntos a tratar la posibilidad de adquirir solo el logo del centro educativo o bien buscar otros proveedores para abaratar el precio de las prendas serigrafiadas» Pero, ojo, esto es en los concertados. Tema aparte son los privados. Al realizar la matrícula hemos aceptado sus normas, por lo que si esa es la política del centro, deberemos acatarla.

Respecto a la obligatoriedad del uso del uniforme, la norma también es cristalina: en los centros públicos es voluntario. El colegio privado o concertado, si así lo recoge en sus normas, puede sancionar al alumnado que acuda sin él.

Padres divorciados. Un asunto siempre sujeto a discusión. ¿Quién paga los gastos de inicio de curso? Hasta el momento, la jurisprudencia establece que los gastos escolares no son extraordinarios, y por lo tanto se incluyen dentro de los propios de la pensión alimenticia. Esto tiene carácter general. Por lo tanto, quien paga pensión no tiene porqué hacerse cargo de los gastos escolares. Distinto es si los progenitores han acordado excluir esos gastos de la pensión de alimentos. En este caso hay que ir a la sentencia de divorcio.

Becas y ayudas para la compra de material escolar. En los últimos años se ha ido reduciendo la concesión de becas y ayudas a la compra de libros de texto y material escolar, sustituyéndose por un sistema de préstamo de libros. Para comprobar si reunimos los requisitos para poder acceder a los préstamos, lo más acertado es acudir a las consejerías de Educación. En la mayoría de los casos, además, si se tiene derecho es el propio centro educativo el que tramita la petición.

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