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Torreón de Lozoya, emblema de Caja Segovia. El Norte
La Audiencia ratifica que la hipoteca del Torreón puede constituir delito de administración desleal

La Audiencia ratifica que la hipoteca del Torreón puede constituir delito de administración desleal

La Sala Provincial ve indicios para abrir causa oral contra los integrantes del consejo de administración de la extinta Caja Segovia, entre ellos el actual vicepresidente de la Diputación, Miguel Ángel de Vicente, y los diputados provinciales José Luis Sanz Merino (PP) y Jesús Yubero (PSOE)

Ana Nuin

Jueves, 4 de mayo 2017, 12:17

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La Audiencia Provincial de Segovia ha ratificado la decisión del juez Jesús Martínez Puras de dar continuidad a las diligencias previas por si los hechos atribuibles a los integrantes del último consejo de administración de Caja Segovia por la decisión que llevó a la hipoteca del Torreón de Lozoya y de otros inmuebles de Caja Segovia fueran constitutivos de «un presunto delito de administración desleal».

Las personas para las que solicita la continuidad de las diligencias, después de rechazar los recursos de apelación, son Atilano Soto, expresidente de la Caja; Manuel Agudíez, exvicepresidente; además de Elena García Gil; Fernando Acebes; Juan Ignacio Antón; José Pablo Lozoya; María Concepción Monte; Alfredo Velasco; Antonio Rodríguez y los diputados provinciales en la actualidad Miguel Ángel de Vicente, vicepresidente de la institución; José Luis Sanz Merino (PP) y Jesús Yubero (PSOE). Todos ellos, estos doce nombres, por un presunto delito de administración desleal. La Sala Provincial deja fuera del procedimiento al director general, Fernando Tapias, porque no formaba parte del consejo de administración.

El paso siguiente sería la apertura de la causa oral contra los exconsejeros que firmaron el préstamo hipotecario con Bankia por el «apremio» de adoptar una decisión ante la encrucijada en la que les había situado la deuda de Navicoas Asturias con el fisco. Así lo defendieron en su paso por el juzgado del paseo Ezequiel González.

Un comportamiento que rebasa la culpa

El escrito de la Sala Provincial agrupa los recursos que presentaron los que fueron miembros del consejo de administración que aprobó la asunción del aval. Aunque ofrece matizaciones, también concluye a nivel general que «nada impidió a todos y cada uno de los imputados haberse cerciorado, aún más concienzudamente, de la existencia de una alta probabilidad de que Caja Segovia pudiese ser responsable por derivación de la deuda fiscal de Navicoas como administrador de hecho de esa entidad».

En este sentido añade por activa y por pasiva que actuaron de manera incorrecta y que supuestamente es delictiva. Al no haber actuado según dictamina la Regulación de las Normas Básicas de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros -relata el auto de la Audiencia- «su comportamiento rebasa el límite de la culpa para adentrarse en los ámbitos del dolo, que como bien dice el auto apelado [en referencia al emitido por el magistrado del Juzgado número 5 el año pasado] puede ser de más de una clase». Es decir, que aprecia distintos niveles de intencionalidad.

La Sala Provincial todavía es más dura con los exconsejeros imputados cuando dice que «tuvieron tiempo de sobra para haber revertido la toma del acuerdo informándose, cerciorándose con una suficiente y juiciosa información y comprobando con seriedad las posibilidades reales de que Caja Segovia tuviese que responder por la deuda de Navicoas». El auto recuerda que los exconsejeros tuvieron cuatro meses desde que se aprobó el préstamo hipotecario hasta que se firmó (de marzo a julio de 2012).

Y es que la notificación de la Audiencia deja claro en varios fragmentos de sus fundamentos de derecho sobre los que construye su decisión de seguir adelante con la vía judicial y rechazar los recursos interpuestos que todos los informes encargados, en mayor o menor medida, que Caja Segovia no debía de asumir la deuda contraída por la operación asturiana de Navicoas.

Sin responsabilidad sobre Navicoas

El auto es tajante. «La posible responsabilidad de Caja Segovia solo podía serle atribuida por la Agencia Tributaria por el mecanismo de derivación como administrador de hecho o de derecho de la entidad Navicoas». Sin embargo, ningún informe certifica este extremo e incluso hay alguno que lo «descarta frontalmente».

Es más, en la documentación de Hacienda sobre el expediente tributario abierto a la sociedad de la polémica deuda «no se contiene ninguna posibilidad cierta y concluyente» de que la extinta entidad de ahorros pudiese ser responsable a través de la derivación porque, además,la negociación del aval estaba siendo con el Banco Financiero y de Ahorros, sociedad matriz de Bankia.

¿Por qué entonces el consejo aprobó en marzo de 2012 que la Caja se hiciera cargo de esa deuda? la gran incógnita tampoco se despeja en el auto de la Audiencia Provincial, que lo que sí refleja es que «de manera inexplicada, Atilano Soto, solo dos días antes de la celebración del consejo del Banco Financiero y de Ahorros que iba a aprobar el aval, ofrece hacerse cargo de éste tras la decisión del consejo de administración sin ninguna razón objetiva que lo justificase»

Durante la ronda de declaraciones, los exconsejeros que denunciaron en origen una presunta falsedad documental aseveraron ante el juez que se sintieron «engañados» y «manipulados» cuando se fraguó la operación de la discordia, justo antes de la disolución del órgano de gobierno de la entidad por su integración en Bankia. Esa cocina financiera para solventar la deuda de Navicoas Asturias con Hacienda tuvo lugar entre marzo y julio de 2012.

Por el contrario, el exvicepresidente de la Caja, Manuel Agudíez, declaró en sede judicial que el consejo que dio luz verde a la operación, y que propició el yugo hipotecario que arrastra el Torreón, era «consciente» de lo que había en juego. De no haber tomado esa medida, la entidad hubiera afrontado a una deuda de hasta 90 millones de euros entre sanciones e intereses, añadió Agudíez en febrero de 2014.

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