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Estado de la Casa Buitrago. Tanarro
El archivo de la querella reactiva el expediente sancionador de Buitrago

El archivo de la querella reactiva el expediente sancionador de Buitrago

La alcaldesa declara que si la juez ha decidido el sobreseimiento, «aquí paz y después gloria»

quique yuste

Viernes, 21 de abril 2017, 22:52

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«Si el juez decide que no hay motivo para la querella, aquí paz y después gloria». Con esta frase valoró ayer la alcaldesa de Segovia, Clara Luquero, el archivo de la querella que el Ayuntamiento de la ciudad interpuso contra la propiedad y los técnicos que realizaron las obras en el Palacio de Buitrago, y que ahora ha sido desestimada por la titular del Juzgado número 6 de Segovia al considerar que no está justificado el presunto delito de daños contra el patrimonio.

Clara Luquero recordó que la denuncia fue presentada sobre la base de los informes «que nos hablaban con rotundidad de destrucción progresiva y continuada de patrimonio y de un posible delito penal».

La regidora socialista apuntó cuáles serán los próximos pasos a seguir, una vez que el Ayuntamiento reciba la comunicación de la sentencia del Juzgado número 6 de Segovia sobre el archivo de la querella. «Ahora se reanudará todo el proceso sancionador que se paralizó con todo el tema penal en relación con la destrucción de patrimonio. Habrá que abrir otro porque se les requirió [a la propiedad] para un proyecto de rehabilitación y no han cumplido con el requerimiento, por lo que hay objeto para un nuevo procedimiento sancionador», expuso.

El auto del Juzgado número 6 analiza los artículos del Código Penal que tipifican las conductas delictivas contra el patrimonio histórico por derribar o alterar gravemente edificios singularmente protegidos, en relación con la normativas estatal y de Castilla y León y con la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en una sentencia del 25 de mayo de 2004, que delimita la aplicación de un artículo determinado en función de la gravedad de los daños y de la exigencia que exista una protección singular.

Declara la magistrada titular en el auto que en la propia querella del Ayuntamiento de la ciudad se reconoce que sobre el Palacio de los Buitrago no existe la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC), «aunque goza de un determinado nivel de protección, y por ello estaba singularmente considerado dentro del Conjunto Histórico de la Plaza de Santa Eulalia», si bien de modo parcial, al ser una casa palacio de finales del siglo XV o principios del XVI.

Sin embargo, la juez tiene en cuenta en su resolución los documentos de los expedientes administrativos y concluye que «las actuaciones realizadas en el inmueble han sido consecuencia de las órdenes de ejecución acordadas por el Ayuntamiento» como las requeridas por el decreto de la Alcaldía de 4 de junio de 2015, en el que se conminaba a la propiedad a «la demolición de entramados de madera y forjados agotados o deficientes y el entablado de la cubierta», así como a demoler la cubierta de teja, su entramado de madera y los forjados de madera en su integridad

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