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Viviendas de la zona residencial de Segovia 21.
El juzgado confirma la ilegalidad del abastecimiento de agua a Segovia 21

El juzgado confirma la ilegalidad del abastecimiento de agua a Segovia 21

Declara la nulidad de la recepción parcial y la licencia de primer uso de las viviendas de Quitapesares

Miguel Ángel López

Martes, 20 de septiembre 2016, 06:26

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El proceso ha tardado tres años en sustanciarse, desde principios de 2013. Su antecedente es de diciembre del año anterior, cuando el Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma emitió los decretos con los que se concedió la licencia de primer uso a las 40 viviendas construidas por la sociedad Segovia 21 en el sector Quitapesares y, por otro lado, se delimitó la unidad de urbanización de este sector para su recepción parcial. Los decretos fueron impugnados por algunos de los compradores de los pisos y el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Segovia acaba de estimar su recurso, y declara que ambas resoluciones del Ayuntamiento no son ajustadas a derecho. Lo que implica esta sentencia, notificada ayer a las partes, es que según el juez el sistema de abastecimiento de agua a las viviendas de Quitapesares no es el contemplado en las normas urbanísticas y, además, que por este motivo no son correctas la recepción parcial de la urbanización ni la licencia de primer uso de las viviendas.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo no es firme, pues cabe interponer un recurso de apelación. Sin embargo, confirma lo que ya denunció el grupo de Ciudadanos (Cs) de la Diputación el año pasado sobre la presunta irregularidad del abastecimiento de agua y la depuración del área residencial del complejo de Segovia 21.

Los informes de la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) que aportó Cs ya indicaron en julio de 2015 que «no consta concesión alguna para el abastecimiento específico a Segovia 21 como tal», aunque matizaban que el Ayuntamiento de Palazuelos podría abastecer al complejo con «los derechos de agua que ya tiene para abastecer a la población, en virtud de los que tiene otorgados la Mancomunidad de La Atalaya»; es decir, desde el Pontón Alto.

Sin embargo, el juzgado atiende las pruebas aportadas por la CHD para analizar la necesidad de que el plan parcial del sector Quitapesares, que contiene la ordenación detallada del sector, indique cuál es la fuente de abastecimiento, que no es otra que la procedente del Pontón Alto, para concluir que «no se ha producido una modificación distinta de la aprobación de la modificación puntual de las normas subsidiarias de Palazuelos respecto del abastecimiento de agua y depuración de aguas residuales de Quitapesares».

La sentencia establece que «la realidad es que el abastecimiento se realiza sin la modificación del planeamiento, que conllevaría la posibilidad de modificar la disponibilidad jurídica de agua, y que requeriría someter la modificación del plan parcial a una nueva declaración de impacto ambiental».

A través de los informes de la CHD, el juez concluye que la autorización de que dispone el Ayuntamiento de Palazuelos o la Diputación «no contempla el sector Quitapesares (para uso residencial)» contemplado en el plan parcial, dado en que en este se señala que el suministro se realice desde el Pontón Alto y prevén el proyecto de urbanización la ubicación de infraestructuras y los depósitos necesarios. La solución adoptada, añade, se ha realizado de forma diferente a la prevista y «ni se encuentra en el planeamiento urbanístico ni cuenta con la autorización de la CHD».

«Maquinación»

El abogado de un grupo de compradores de las viviendas, Jesús Tovar, señala al respecto que la gestión urbanística de Segovia 21 «evidencia la maquinación del Ayuntamiento de Palazuelos, de la Diputación y de los administradores para tratar de eludir el cumplimiento de la legalidad más elemental que se exige a cualquier ciudadano y pretender sacar adelante un proyecto que ellos sabían ilegal».

El letrado declara que «trataron de engañar a los compradores» sabiendo que «ni había agua autorizada, por ser ilegal la toma de El Rancho del Feo, ni existía autorización de la CHD para la depuración de aguas residuales». En su opinión, la Diputación, como socio mayoritario, se enfrentará a «procedimientos indemnizatorios».

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