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Lunes, 30 de mayo 2016, 18:53
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló mediante sentencia del pasado mes de marzo los acuerdos alcanzados en la primera reunión del patronato del Parque Nacional Sierra de Guadarrama en junio de 2014. La asociación medioambiental Ecologistas en Acción demandó al Patronato al entender que «impidió la deliberación y el debate de sus miembros».
El día 9 de junio se reunió y constituyó por primera vez el patronato del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama siendo el presidente el consejero de Medio ambiente de la Comunidad de Madrid, Borja Sarasola. En esa reunión, y como denunció Ecologistas en acción, «se aprobó la memoria del período comprendido entre junio de 2013 y junio de 2014 y el plan de actuaciones del segundo semestre de 2014 sin permitir la deliberación y el debate de sus miembros». «Solo concedió la palabra (Sarasola) una vez aprobados estos documentos, en el punto de ruegos y preguntas», según los ecologistas.
Ecologistas en acción consideró que la mayor parte de los contenidos de esos documentos «no estaban justificados o eran inapropiados para un Parque Nacional» y tras solicitar la portavoz de Ecologistas en Acción su intervención en la reunión «el presidente (Sarasola) respondió que él era el presidente y quien determinaba las formas de debate y de diálogo». En septiembre de 2014, Ecologistas en Acción recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la aprobación de la memoria y del plan de actuación. A juicio de la organización, aquella aprobación era «nula por haberse acordado vulnerando el derecho de participación de los miembros del patronato».
La sentencia de 22 de marzo de 2016 otorga la razón a Ecologistas en Acción ya que «consta acreditado que no hubo deliberación alguna ni posibilidad de debate tras la presentación de la memoria de actividades y del plan de actuación, pese a que una vocal lo solicitó de forma reiterada, privando a los miembros del patronato de su participación en un debate en el que sus intervenciones hubieran podido alterar el resultado de la votación». La sentencia ordena también la «retroacción del procedimiento para que se someta de nuevo al patronato del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, la memoria y el plan de actuaciones y se adopten los acuerdos que procedan con observancia de las normas».
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