Borrar
La CMT propone una nueva regulación para las administraciones que presten servicio de wi-fi
conectividad

La CMT propone una nueva regulación para las administraciones que presten servicio de wi-fi

La primera regla es que los servicios públicos gratuitos puedan considerarse sustitutivos de los que ofrecen los operadores y afectar a la competencia

AGENCIAS

Lunes, 12 de abril 2010, 21:50

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aprobado un anteproyecto de circular en el que se establecen las condiciones que deberían cumplir las administraciones públicas cuando exploten redes o presten servicios de comunicaciones electrónicas, como es el caso del wifi público.

Este documento es fruto del estudio de las respuestas de los agentes que han participado en la consulta pública (AA PP, operadores, partidos políticos y ciudadanos) lanzada en junio de 2009 sobre los requisitos que deben cumplir estas redes públicas. A partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la CMT abre un periodo de 20 días para efectuar alegaciones sobre el anteproyecto de circular.

En las conclusiones de su documento, la CMT propone, para no incurrir en el caso de que los servicios de wifi públicos gratuitos puedan considerarse sustitutivos de los que ofrecen los operadores y afectar a la competencia, establecer un límite en la velocidad red-usuario de 256 Kbps y que la cobertura de la red excluya los edificios y conjuntos de edificios de uso residencial o mixto.

Acceso limitado a sus páginas web

Además, considera que las administraciones públicas pueden prestar por tiempo indefinido y de manera gratuita para el usuario servicio de acceso a Internet limitado a sus páginas web, así como el servicio general de acceso a Internet en bibliotecas y en centros de fomento de actividades docentes o educativo-culturales, siempre que los usuarios acrediten su vinculación con el servicio mediante algún documento que permita su identificación.

Las administraciones públicas que exploten redes y servicios de comunicaciones electrónicas deberán notificarlo previamente a la CMT, siendo la inscripción en el registro gratuita.

En lo que respecta a las administraciones públicas que exploten redes y servicios sin sujeción al principio del inversor privado -es decir financiado por la AA PP-, sólo podrán hacerlo si lo notifican a la Comisión Europea (CE) -salvo que el conjunto de las ayudas no supere el límite máximo de 200.000 euros establecido por la propia CE- o lo autoriza la CMT tras la preceptiva notificación y un análisis de sustituibilidad que certifique que no afecta negativamente al mercado o distorsiona la libre competencia.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios