Lejos de actuar de manera decidida sobre las ayudas fiscales a la vivienda, que podrían resultar decisivas para impulsar o reducir su demanda, los responsables autonómicos se han dedicado a usar de manera extensiva su capacidad normativa en cosas menores. Han establecido múltiples deducciones de pequeño calado, y con efectos sustantivos mínimos.
La mayoría de las comunidades autónomas tiene beneficios fiscales por hijos (nacimiento, cuidado y adopción) y tan solo Asturias y Baleares no las contemplan. También las hay por compra o alquiler de vivienda (general o para determinados colectivos), salvo en Aragón, Canarias y Castilla-La Mancha.
Los descuentos por donaciones están también bastantes extendidos en el país, aunque no los realizan Andalucía, Baleares, Castilla-La Mancha, Galicia y La Rioja. Por último, cuatro Ejecutivos territoriales (el andaluz, el asturiano, el canario y el castellano-leonés) han creado beneficios fiscales nuevos para emprendedores.
También resulta bastante novedoso que en Navarra -junto al País Vasco, las únicas comunidades con competencia normativa plena en el ámbito fiscal- se haya endurecido el tratamiento para las plusvalías producidas en la compraventa de terrenos recalificados de rústicos a urbanos.
Esta misma autonomía ha elevado además a ocho años el plazo para hacer uso de las cantidades invertidas en cuentas ahorro-vivienda.