670.019 contribuyentes de Castilla y León han solicitado el borrador de la campaña de la Renta 2005, una modalidad puesta en marcha por la Agencia Tributaria por tercer año consecutivo para mejorar el servicio sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se podrá confirmar o modificar desde el próximo día 3 de abril y hasta el próximo día 30 de junio.
Así lo explicó el delegado especial de la Agencia Tributaria en Castilla y León, Teodoro Arnáiz, durante la presentación del procedimiento del borrador de la Renta 2005, quien señaló que del total de las 670.019 solicitudes del borrador de la Renta registrado en Castilla y León, un 25% más de las computadas el pasado ejercicio, 107.000 se han emitido ya y entre un 70 y un 75% salen a devolver.
De este modo y según apuntó Arnáiz, Avila solicitó un total de 45.051 borradores o datos fiscales, un 24,7% más que en la misma fecha del pasado año; Burgos, 114.832, un 24,7% más; León, 120.515, un 25,7% más; Palencia, 49.241, un 15,7% más; Salamanca, 84.579, un 28,2% más; Segovia, 38.004, un 34,5% más; Soria, 29.138, un 24,7% más; Valladolid, 145.727, un 23,7% más, y Zamora, que solicitó 42.932 peticiones de borrador o datos fiscales, un 24,2% más.
En concreto y según precisó Arnáiz, los borradores de la Renta que podrán confirmarse a partir del lunes son aquellos con resultado a devolver o que resulten a ingresar en el caso de que se domicilie el pago. Arnáiz recordó que además se podrá domiciliar el primer pago del IRPF -si se fracciona en dos plazos- o el pago total -si no se fracciona- y la Agencia Tributaria lo pasará al cobro al finalizar la Campaña de la Renta 2005 mientras el segundo plazo se abonaría el 6 de noviembre.
Arnáiz recordó a los contribuyentes que en el momento de recibir el borrador, que se calculará siempre que sea posible con la opción más favorable, deben revisarlo y si están de acuerdo con el mismo podrán confirmarlo de modo que su declaración estará presentada. Si consideran que faltan datos o no están de acuerdo con alguno podrán modificar el borrador y, después, confirmarlo.
Pueden recibir el borrador de la Renta los contribuyentes que tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para adquisición de vivienda habitual. Tener deducciones por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario o reducción por aportaciones a planes de pensiones no impide recibir el borrador.
En el momento de confirmar o modificar el borrador, el contribuyente debe tener a mano el NIF (del titular y cónyuge si presentan declaración conjunta), el número de referencia del borrador (aparece en el encabezado de la carta que va con el borrador), el número de justificante del documento de ingreso o devolución que acompaña al borrador y el número de su cuenta corriente porque tendrá que facilitar alguno de estos datos.
Los borradores con resultado a devolver se pueden confirmar por teléfono (901 200 345), por sms al número 5025, por internet (www.agenciatributaria.es), en las entidades financieras colaboradoras y en las oficinas de la Agencia Tributaria y en los cajeros automáticos.
Por su parte, la modificación del borrador se puede hacer desde el lunes y hasta el 30 de junio por teléfono, vía internet y en las oficinas de la Agencia Tributaria.