La inspección técnica obligatoria para los edificios de más de cuarenta años que instauró en enero del 2004 el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León es papel mojado. La primera tanda de informes, correspondientes a los inmuebles construidos antes del 1 de enero de 1950, debería haber llegado a los ayuntamientos antes de la Nochevieja pasada.
El incumplimiento de este examen preventivo es generalizado en la región, salvo contadas excepciones. Es el caso de Zamora, ciudad en la que un bando municipal recordó a los propietarios la obligación de acometer esas inspecciones, lo que provocó no pocas dificultades.
Tanto propietarios como ayuntamientos llaman la atención sobre la «indefinición» de la normativa regional. «Se dice que hay que hacer una inspección, pero no con qué profundidad, y tan válido puede ser un informe de quinientas páginas como uno de cinco», argumenta Salvador Prieto, secretario y jefe del Servicio Jurídico de la Cámara de la Propiedad de Zamora. Responsables de ayuntamientos principales de la comunidad consideran que estos artículos son «inaplicables» y que se encuentran ante la típica normativa hecha de forma precipitada, al calor de casos de derrumbe que sembraron la alarma social en el país.
El Reglamento lo elaboró la Junta de Castilla y León, pero reparte las responsabilidades entre propietarios y municipios, que son los competentes en controlar que se hacen las inspecciones. El Ayuntamiento tiene la facultad incluso encargar el estudio y pasar la minuta a los dueños, a los que puede obligar a hacer las obras que los técnicos estimen necesarias para garantizar la seguridad y salubridad del inmueble. Son los municipios los que tienen la facultad de sancionar por estos incumplimientos.
Responsabilidades aparte, lo que es un hecho constatado es que las bondades de este examen previo, que traslada al parque de edificios de más de cuarenta años la filosofía de la ya habitual ITV de los vehículos, no ha calado entre la ciudadanía. Esa es la razón por la que el Instituto de la Construcción de Castilla y León, a instancias de la Consejería de Fomento, elabora un protocolo marco que sirva de base a los ayuntamientos para aprobar las ordenanzas que regulen estas inspecciones.
Colaboración
«Nosotros podemos prestar toda la colaboración posible, pero la responsabilidad es de los ayuntamientos y de los propietarios. La Junta no puede aprobar ninguna ordenanza municipal», aclara Gerardo Arias, director general de Vivienda de la Junta, que asegura que la Administración regional únicamente puede actuar en caso de que exista un interés «supramunicipal». «Pensamos más en la colaboración que en las sanciones», precisa Arias.
La normativa obliga a las localidades de más de 20.000 habitantes y a aquellas que cuentan con Plan General de Ordenación Urbana. «Si un municipio tiene capacidad para elaborar un plan general, la tiene también para aplicar la legislación de inspecciones», resalta el director de Vivienda de la Junta.
Fomento ha encargado también una herramienta informática para controlar el estado del parque de viviendas de la región a partir de los resultados de unas inspecciones que se centrarán en las cuestiones de seguridad y habitabilidad y cuyo coste por vivienda está en torno a los cien euros.