El Gobierno estudia limitar las responsabilidades económicas de los empresarios individuales por deudas contraídas en su actividad profesional. Con esta medida, que va en línea con las soluciones adoptadas en otros países europeos -como Francia, Italia y Portugal-, se beneficiaría a todas las compañías cuya condición jurídica es la de una persona física, que suponen más del 60% del total de las sociedades existentes en el país. Su importancia es especialmente relevante en el ámbito de las microempresas (aquellas con nueve trabajadores o menos), de las que la mitad solo cuentan con un empresario y no tienen asalariados y que en España suponen el 94% del total.
La novedad consistiría en «señalar o individualizar ciertos bienes 'personales', previsiblemente de valor, que hayan de quedar exentos». Es decir, un empresario individual puede «poner a resguardo» de las deudas profesionales ciertos bienes personales de considerable valor, y no relacionados con su actividad empresarial, a través de una simple declaración de «no vinculación».