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VALLADOLID
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Una sentencia condena al concejal Fidel Lambás por injurias contra la portavoz del PSOE Ana Vázquez
La pena impuesta obliga al edil de Administración a pagar una multa de 800 euros
Ana Vázquez y Fidel Lambás, durante el juicio. / FRAN JIMÉNEZ
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El juzgado de instrucción número dos de Medina del Campo ha condenado al concejal de Administración General del Consistorio medinense, Fidel Lambás, como autor de una falta de injurias, reconocidas en el artículo 620.2 del código penal de 1995, contra la portavoz del grupo municipal socialista, Ana Vázquez.

Según la sentencia, Lambás tendrá que pagar una multa total de 800 euros, a razón de cuarenta euros durante veinte días. Esta pena reduce considerablemente, basándose en el sueldo manifiesto del edil denunciado, la solicitada por la letrada de la acusación durante el correspondiente juicio por faltas, celebrado el pasado día 5 de enero, y que ascendía a 8.000 euros.

«Estoy muy satisfecha por el resultado de la sentencia», declaró ayer Ana Vázquez. «Denuncié porque me sentí injuriada y humillada y porque moralmente me creí obligada a hacerlo por mi género y mi condición de cargo público», explicó, recalcando también que la pena impuesta a Fidel Lambás es una multa que no conlleva en este caso indemnización.

La titular del Juzgado ha considerado probado que el día 24 de agosto del 2004, en la sesión de la Comisión Especial de Cuentas, Hacienda, Economía y Patrimonio del Ayuntamiento de Medina del Campo, Ana Vázquez sacó el tema de una licencia de ocupación otorgada por el Gobierno local en la época en que Fidel Lambás era concejal de Urbanismo, y dijo a éste con relación a dicho tema «sé más honrado», a lo que Lambás contestó a la denunciante: «¿Dices que yo no soy honrado? ¿Y si yo le llamo a usted señora puta?».

Fundamentos de derecho

También, que ante tales hechos, la portavoz del grupo municipal socialista de Medina del Campo dijo al denunciado: «Pues entonces igual cruzo la calle y voy al juzgado y te denuncio» y que este le contestó: «Usted a mi no me amenaza, puta, y te vas a tomar por el culo», así como que cuando la denunciante se disponía a abandonar la sala, el denunciado le dijo: «tú a mí no me tocas más las narices, puta».

En los fundamentos de derecho, la sentencia contempla, entre otros puntos, la «veracidad, precisión y coincidencia» de las declaraciones de Ana Vázquez en sus sucesivas intervenciones desde la presentación de la querella que desencadenó el juicio por faltas.

La sentencia también hace alusión a que hay determinados vocablos que por su propio sentido gramatical son tan claramente hirientes que el específico ánimo de injuriar se encuentra incluido en ellos, tal y como ocurre con el término «puta», expresión que «no tenía razón de ser, era innecesaria en el ámbito en el que el denunciado la dijo tres veces», expone la sentencia.

Fidel Lambás no quiso ayer hacer declaraciones y hoy valorará la sentencia, que podrá recurrir.



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