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Fachada del Juzgado Penal de Palencia. A. Quintero
Visto para sentencia el juicio contra un extrabajador de Renault por amenazas

Visto para sentencia el juicio contra un extrabajador de Renault por amenazas

El fiscal mantiene la petición de un año, pero matiza que subsidiariamente se considere como delito leve

el norte

Palencia

Viernes, 12 de enero 2018, 08:08

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El Juzgado Penal de Palencia ha acogido este jueves el juicio contra un trabajador de Renault acusado de amenazas a un operario que se encontraba en periodo de prueba y por las que fue despedido. La vista oral quedó vista para sentencia después de que declararan seis testigos, además del acusado, y oír los informes forenses.

Los hechos ocurrieron en el mes de junio del año pasado, cuando la empresa automovilística despidió a un jefe de unidad de fábrica de la Villamuruel de Cerrato después de hacerse pública una grabación en la que abroncaba a un empleado recriminándole falta de efectividad en su puesto de trabajo e incluso llegaba amenazarle con hacerle la vida imposible. La empresa rechazó este comportamiento porque va contra el Código Deontológico de Renault, por lo que el mismo día que se difundió la grabación se le comunicó el despido.

No obstante, este hecho ha tenido un proceso judicial que tuvo ayer como escenario el Juzgado Penal. El extrabajador de Renault fue acusado de un delito de amenazas por el que el fiscal le pedía un año de prisión, mientras que la acusación particular elevaba la petición a dos años.

En el juicio, el acusado reconoció que, pese a haber llamado anteriormente la atención a su empleado, el día de la grabación se puso nervioso y se excedió en sus palabras. La víctima de las amenazas, por su parte, declaró que había pedido un cambio de puesto de trabajo, que le fue rechazado; que otro día ya le abroncó de malos modales el jefe de unidad y que otro día ya grabó la conversación. Asimismo, señaló que este suceso le ha afectado a su vida cotidiana.

En la presentación de las conclusiones definitivas, el fiscal mantuvo la solicitud de pena de dos años por un delito de amenazas, pero matizó que subsidiariamente se considere el carácter leve. La acusación particular mantuvo sin ningún cambio su petición de dos años y el abogado defensor reclamó para su cliente la absolución, pero matizó que si se produce una condena, que subsidiariamente se considera delito leve. Este letrado mantuvo que este hecho se enmarca en un conflicto laboral en el que las expresiones que utilizó su cliente más que amenazas tenían como finalidad motivar al empleado y que no había intención de intimidarle ni amenazarle.

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