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Así funciona el 155, un artículo sin estrenar de la Constitución

Así funciona el 155, un artículo sin estrenar de la Constitución

El precepto no ha sido desarrollado desde la aprobación de la Carta Magna

redacción

Jueves, 19 de octubre 2017, 11:29

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El artículo 155 de la Constitución, que el Gobierno se propone aplicar ante el desafío independentista de Cataluña, es un precepto que no se ha estrenado desde la aprobación de la Carta Magna en 1978. Está previsto para situaciones excepcionales en las que una comunidad autónoma incumpla las leyes o atente contra el interés general.

¿Qué dice?

Su texto es el siguiente: 1. «Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.»

¿En qué circunstancias se puede aplicar?

En dos que, según el Gobierno, se dan en el caso de Cataluña, máxime si se aprueba una declaración unilateral de independencia.

1. Cuando una comunidad incumple «las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan» .

2. Si actúa «de forma que atente gravemente el interés general de España?»

¿Cuál es el procedimiento para ponerlo en marcha?

En primer lugar, el Gobierno central, previa reunión del Consejo de Ministros, debe enviar un «requerimiento» al presidente de la comunidad afectada –ya lo ha hecho con el de Cataluña, Carles Puigdemont- para emplazarle a cumplir sus obligaciones legales o a corregir decisiones contrarias al bien común. Si el líder autonómico no rectifica, entraría en juego el Senado.

¿Cuál es el papel del Senado?

Sería el encargado de debatir y, en su caso, aprobar las medidas necesarias para que la comunidad afectada vuelva a la senda de la ley. El PP cuenta con mayoría absoluta en la Cámara territorial, aunque se ha garantizado el apoyo del PSOE y de Ciudadanos a la aplicación del 155. Este artículo no se ha desarrollado desde la aprobación de la Constitución, por lo que existen dudas sobre cuál sería el procedimiento para su ejecución. El reglamento del Senado apunta, en su artículo 189, que el Gobierno debe enviarle previamente una propuesta con las medidas concretas que plantea imponer, que han de ser aprobadas en un segundo Consejo de Ministros.

Hay uno convocado, con carácter extraordinario, para este sábado que pondrá en marcha la aplicación del 155. La Mesa de la Cámara Alta estudiará el documento, lo admitirá previsiblemente a trámite y lo enviará a la Comisión General de Comunidades Autónomas. Se trata de un órgano en el que están representados senadores de todos los grupos y en el que pueden participar, si lo desean, los gobiernos autonómicos, que pueden ser escuchados, pero no tienen derecho a voto. Según el reglamento, la Comisión de las Autonomías solicitará a Puigdemont que presente las alegaciones que estime oportunas -incluso puede darle audiencia- en un plazo determinado. Responda o no, se convocará la comisión, habrá un debate y una votación posterior. La propuesta final debe aprobarse en el pleno. El Gobierno calcula que todos estos trámites requieren al menos de cinco días para la entrada en vigor de forma efectiva y oficial del 155.

¿Qué medidas se podrían adoptar?

La redacción del artículo, inspirado en la ley fundamental de Bonn, es abierta e imprecisa, lo que ha generado un debate entre especialistas en Derecho Constitucional sobre qué medidas permite adoptar y cuáles son sus límites. El 155 apenas especifica que el Gobierno central podrá «dar instrucciones» al responsable de una autonomía para garantizar el respeto a la ley y a la Constitución.

¿Se ha aplicado en alguna ocasión?

Nunca. Lo invocó en 1989 el Gobierno de Felipe González en un contencioso con Canarias, que se negaba a aplicar el desarme arancelario que implicaba la entrada de España en la Comunidad Europea. Al final no llegó a ejecutarse al sellarse un acuerdo entre las dos administraciones.

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