Borrar

La Audiencia confirma el archivo del caso de los ERE contra nueve ex altos cargos de la Junta

La Audiencia Provincial de Sevilla se ha pronunciado así sobre el recurso de Manos Limpias después de anular la fianza de 42.000 euros que el juez impuso al sindicato para la tramitación

europa press

Martes, 21 de marzo 2017, 10:26

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado de forma definitiva el archivo de la causa contra nueve exaltos cargos de la Junta de Andalucía dentro de la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.

En nueve autos distintos fechados el día 17 de marzo, a los que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla rechaza así el recurso interpuesto por el sindicato Manos Limpias contra la resolución en la que el juez Álvaro Martín archivó la causa contra estos nueve exaltos cargos.

La Audiencia Provincial de Sevilla se ha pronunciado así sobre el recurso de Manos Limpias después de anular la fianza de 42.000 euros que el juez impuso al sindicato para la tramitación del recurso en el que le pedía que volviera a imputar a 15 de los 24 exaltos cargos de la Junta a los que exculpó en el auto donde procesó a otros 26, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

De este modo, el tribunal confirma el archivo de la causa contra Isabel de Haro, que fue secretaria general de Desarrollo Industrial y Energético y miembro del Consejo Rector de IDEA; el que fuera técnico de la Dirección de Trabajo y director de Administración y Finanzas de IDEA Antonio Diz-Lois, y el exdirector general de Presupuestos Buenaventura Aguilera.

También ratifica el archivo respecto a las exsecretarias generales de Telecomunicaciones y miembros del Consejo Rector de IDEA Pilar Rodríguez y Ana María Peña Solís; el exdirector general de Desarrollo Tecnológico e Incentivos Manuel López Casero; el exdirector de Industria Jesús Nieto; el exsecretario general de Innovación Ángel Garijo, y el exdirector de Administración y Finanzas del antiguo IFA Pablo Millán.

La Fiscalía rechaza recusar al juez elegido para el caso de los ERE

  • La Fiscalía Anticorrupción ha rechazado recusar al juez elegido como ponente en la pieza política de los ERE, Pedro Izquierdo, que ha sido recusado por el PP y Manos Limpias debido a que el magistrado fue secretario general para la Justicia en Andalucía entre los años 2008 y 2014.

  • En un escrito al que ha tenido acceso Efe, la Fiscalía entiende que "el mero hecho del desempeño de un cargo público en la Administración autonómica andaluza no es per se causa de abstención y/o recusación" en esta pieza, en la que están procesados los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán junto a otros 23 ex altos cargos andaluces.

  • En otro escrito, la Fiscalía destaca que aunque "no conoce a día de hoy la existencia de motivo cierto y concreto para pedir la abstención" del juez, "considera necesario" exponerle los puntos alrededor de los cuales giran los argumentos acusatorios y de las defensas. Anticorrupción entiende que el conocimiento previo de esos procedimientos administrativos sí pueden "incidir en la decisión" sobre la "idoneidad" del magistrado para conocer del asunto.

  • En este sentido, la Fiscalía enumera el uso de las transferencias de financiación por las consejerías de la Junta, en particular de la de Justicia, como mecanismo de aporte de fondos a entes instrumentales, entre ellas empresas públicas, agencias y fundaciones, para el desarrollo de actuaciones propias o delegadas.

  • También alude a los sistemas de control de la actuación, en especial a los actos de autorización y disposición de fondos, tanto de las consejerías como de sus entes instrumentales dependientes, por parte de la Intervención de la Junta, "con especial referencia al contenido y eficacia del control financiero permanente".

  • En la enumeración de los procedimientos administrativos que se analizarán en el juicio de este caso, para el que aún no hay fecha, la Fiscalía se refiere al funcionamiento de los órganos de gestión y su relación de dependencia con la consejería a las que estén adscritas. La Fiscalía hace "especial énfasis" en el posible conocimiento del juez en la aprobación de los presupuestos de los órganos de gestión de las consejerías y cuentas anuales, así como en el sistema de fiscalización o auditoría externa al que pudiesen estar sujetos.

En todos los casos, la Audiencia señala que "desde la perspectiva de que en la presente causa, desgajada de la matriz, se dilucida la posible responsabilidad de cargos públicos que hayan podido intervenir en el denominado 'procedimiento específico', no se puede predicar que concurran indicios sólidos para entender que" cada uno de estos exaltos cargos "hubiera podido participar en la creación y mantenimiento" de dicho procedimiento.

«Torticera, palmaria y grosea»

En relación a este procedimiento específico, la Audiencia lo define como "el entramado jurídico creado en el año 2000 y mantenido hasta el año 2009, en el que de manera torticera, palmaria y grosera, se vulneró la legislación en materia de subvenciones para conceder de modo arbitrario ayudas sociolaborales y a empresas en crisis".

"Más allá de la mera afirmación de una intuición o sospecha no razonada ni sostenida en las diligencias de prueba practicadas, no se ofrece en el recurso dato alguno del que se infiera la posibilidad de revocar el auto recurrido" en relación a estos exaltos cargos, argumenta el tribunal.

En este sentido, la Audiencia dice que "cuestión distinta" es que, como afirma la Fiscalía Anticorrupción en su informe, "puedan apreciarse otras responsabilidades penales en la concreta decisión de concesión de ayudas con fondos de la Junta a empresas inmersas en procesos de reestructuración empresarial mediante ERE así como otras ayudas directas a otras empresas que están siendo objeto de investigación" en piezas separadas de la causa matriz.

El caso de los exconsejeros

Todo ello, según precisa el tribunal, "para el caso de que en la investigación concreta a dichas empresas se desprenda responsabilidad penal atribuible" a alguno de estos nueve exaltos cargos.

Cabe recordar que, en otros autos anteriores, la Sección Séptima de la Audiencia ya rechazó el recurso de Manos Limpias y confirmó el archivo de la causa contra los exconsejeros de la Junta de Andalucía Antonio Ávila, Manuel Recio y Martín Soler, y contra el exviconsejero José de Haro Bailón.

Recientemente, además, la Audiencia archivó la causa contra el exviceconsejero de Innovación Gonzalo Suárez y, de este modo, dejó en 25 el número de acusados en la pieza 'política' de los ERE, pues "no consta que hubiera tenido conocimiento de que estaba participando en el desarrollo y mantenimiento del denominado" procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios