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Firma del acuerdo entre el Gobierno colombiano y las FARC.
Los cambios en el nuevo acuerdo de paz entre el Gobierno colombiano y las FARC

Los cambios en el nuevo acuerdo de paz entre el Gobierno colombiano y las FARC

El documento supone diferencias respecto al inventario de los bienes del grupo insurgente, modificaciones en el sistema de justicia especial y limita a diez años su jurisdicción

europa press

Domingo, 13 de noviembre 2016, 14:55

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El nuevo acuerdo negociado en La Habana por el Gobierno colombiano y la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) supone ciertos cambios con respecto al inventario de los bienes del grupo insurgente, modificaciones en el sistema de justicia especial y se limita a diez años su jurisdicción.

En cualquier caso, cabe destacar que estos cambios son los que se desprenden de las declaraciones de las delegaciones de negociación del Gobierno y la guerrilla, ya que por el momento no se ha hecho público el documento íntegro.

1. Entrega de armas: La principal novedad es que las FARC se comprometen a presentar un inventario de bienes y activos para destinarlos a la reparación material de las víctimas, una petición expresa de los representantes de las víctimas.

2. Jurisdicción especial para la paz: El nuevo texto mantiene esta jurisdicción a pesar de las demandas del 'No', aunque concreta espacios territoriales específicos para el cumplimiento de las sanciones con un tamaño máximo de las zonas veredales, los periodos de ejecución de las acciones reparadoras, la precisión del lugar de residencia, los mecanismos de supervisión y la regulación del sistema de autorización para los desplazamientos fuera de las zonas, requisito necesario en todos los casos.

Esta jurisdicción funcionará durante un periodo de diez años, pero sólo se podrán recibir solicitudes de investigación durante los dos primeros años. Las tutelas contra la jurisdicción podrán ser revisadas a través de recurso a la Corte Constitucional.

Además, se eliminan los magistrados extranjeros, como pedía el expresidente Andrés Pastrana, pero se acepta la presencia de amicus curiae, expertos extranjeros, para rendir conceptos sobre los casos que se tramiten.

* Penas: Mientras entra en funcionamiento la Jurisdicción Especial para la Paz, las acciones reparadoras de los guerrilleros, debidamente verificadas, podrán ser descontadas de la sanción que se les imponga.

* Narcotráfico: El 'No' pedía que el narcotráfico no fuera amnistiable y el nuevo texto apunta a que los magistrados tendrán en cuenta caso a caso la jurisprudencia para aplicar o no la conexión del delito de narcotráfico al delito político. La guerrilla además se compromete a romper con el narcotráfico y a cooperar para combatirlo.

* Otros delitos: La Jurisdicción Especial para la Paz será competente para procesar las conductas de terceras personas (no combatientes) que hayan incurrido en financiación o colaboración con actores armados involucrados en crímenes graves. Así, si esos terceros contribuyen a las medidas de verdad y reparación, pueden beneficiarse de la renuncia de la acción penal.

* Policías y militares: Los policías y militares en servicio activo y retirados tendrán seguridad jurídica en el marco de la Jurisdicción Especial para la Paz, tendrán seguridad jurídica.

3. Constitución: Las partes han acordado desechar la incorporación del acuerdo de paz a la Constitución. La garantía de cumplimiento será la buena fe de las partes.

4. Género: El enfoque de género "significa el reconocimiento de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y de las circunstancias especiales de cada uno". El conflicto ha afectado de manera diferente a la mujer y, en consecuencia, se requieren acciones distintas y específicas para restablecer sus derechos.

En este enfoque de género se incluye el principio de respeto a la igualdad y no discriminación independientemente de su sexo, edad, creencias religiosas, opiniones, identidad étnica, pertenencia a la población LGTBI.

5. Propiedad privada: En la Reforma Rural Integral se reafirmó que "nada de lo establecido en el acuerdo debe afectar el derecho constitucional a la propiedad privada" y explicita que los programas agrarios no impedirán diversas formas de producción como la agroindustria o el turismo. Además, no habrá formalización de ningún predio en Colombia sin que antes se constate que está libre de la presencia de cultivos ilícitos.

6. Participación política: Los jefes de las FARC tendrán que postularse para ocupar cargos de elección popular. Además, se ha reducido desde el primer año en un 30 por ciento la financiación al partido de las FARC para evitar un desequilibrio con respecto a los demás partidos políticos.

La guerrilla mantiene el beneficio de 10 representantes designados en las dos próximas legislaturas del Congreso -5 en la Cámara y 5 en el Senado-, pero los miembros de las FARC no podrán ser candidatos por la circunscripción especial de comunidades y víctimas afectadas por el conflicto, que tendrán otros 16 asientos en la Cámara de Representantes.

Se descarta la petición del Centro Democrático del expresidente Álvaro Uribe, que quería los condenados por delitos de lesa Humanidad no pudieran optar al Congreso.

Los guerrilleros, una vez incorporados a la vida civil, estarán protegidos por una comisión de protección y garantías de seguridad en la que las FARC no tendrán participación. Dicha comisión no podrá revisar hojas de vida ni desempeñar funciones de inspección o vigilancia sobre empresas de seguridad privada.

7. Plazo de aplicación: A petición del sector empresarial se ha ampliado de 10 a 15 años el plazo de implementación para reducir la presión fiscal y no afectar a otros programas prioritarios del Estado.

Estos cambios han sido introducidos en un tiempo récord de un 40 días, sobre todo si tenemos en cuenta que oficialmente el proceso de negociación duró casi cuatro años.

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