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Industria regula las ayudas para las comarcas mineras

Están dirigidas a proyectos de infraestructuras y restauración de explotaciones y también a subvencionar por costes laborales para cubrir gastos excepcionales vinculados a planes de cierre de unidades de producción

el norte

Miércoles, 6 de agosto 2014, 14:31

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El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha hecho oficiales dos reales decretos que establecen las bases reguladoras de las ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas como consecuencia de la actividad minera, según publica en su edición del miércoles 6 de agosto el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Los acuerdos se enmarcan en el Marco de Actuación para la Minería del carbón y las Comarcas mineras para el período 2013-2018, acordado entre el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, sindicatos y empresarios, que pretende conseguir una reordenación del sector de la minería del carbón mediante el cese ordenado de las unidades de producción no competitivas y el mantenimiento de una producción de carbón autóctono competitiva. También se pretende atenuar el impacto que produce la pérdida de puestos de trabajo, así como su repercusión en la economía regional.

Desarrollos alternativos

Según uno de los reales decretos que fueron avanzados el lunes pasado, estas ayudas están destinadas a la financiación de actuaciones que favorezcan el desarrollo alternativo de las comarcas mineras del carbón mediante la ejecución de proyectos de infraestructuras y restauración de zonas degradadas a causa del cierre de las explotaciones mineras. Las ayudas se otorgarán en régimen de concesión directa y serán compatibles con otras ayudas concedidas con el mismo objeto o finalidad, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada.

La concesión de ayudas que favorezcan el desarrollo alternativo mediante la ejecución de proyectos de infraestructuras y de restauración de zonas degradadas podrán tener carácter anual o plurianual y se financiarán con cargo a los créditos presupuestarios del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras en el marco de la política de desarrollo alternativo de las zonas mineras del carbón prevista para el periodo 2013-2018, según las disponibilidades presupuestarias.

El ámbito geográfico de este real decreto es el de aquellos municipios afectados por procesos de cierre de unidades de producción de minería del carbón en las comunidades autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Principado de Asturias. Con carácter excepcional se podrán contemplar actuaciones concretas en los municipios afectados por la minería del carbón en otras comunidades como Andalucía, Cataluña y Galicia.

Las actuaciones susceptibles de ser financiadas se encuentran separadas en dos grupos: por una parte las infraestructuras, con mejoras en polígonos industriales existentes, dotación y mejora de las líneas de telecomunicación, optimización y diversificación energética en edificaciones públicas y las obras de restauración tales como mejora, recuperación y revalorización de escombreras, zonas degradadas, recuperaciones forestales y tratamientos silvícolas y otra por costes laborales.

Así, se prevé la suscripción de convenios marco de colaboración, entre el Ministerio de Industria y las comunidades afectadas, con el fin de establecer el detalle de la gestión de las actuaciones y la forma de realizar la cofinanciación de las mismas, que deberá ser, al menos, del 25% de las aportaciones realizadas por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras. Para la realización de estas actuaciones, se prevé dotar unos créditos presupuestarios por importe de 250 millones de euros, tal como se establece en el texto del Marco de Actuación para la minería del carbón y las comarcas mineras en el periodo 2013-2018.

Cerradas antes de 2019

De la misma manera, el BOE también publica otro real decreto en el que se incluye el régimen de ayudas por costes laborales dedicadas a cubrir los costes excepcionales vinculados a los planes de cierre de unidades de producción de las empresas mineras. Estas ayudas serán de aplicación a todas aquellas empresas que dispongan de unidades de producción que hayan cerrado o estén cerrando antes del 31 de diciembre de 2018 y estén incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España para la minería de carbón no competitiva.

Las ayudas pretenden cubrir ciertos costes derivados de la extinción de los contratos de trabajo de sus empleados (prejubilaciones e indemnizaciones por despido), como consecuencia del cierre de unidades de producción de carbón destinadas a la generación eléctrica. No obstante, serán los trabajadores afectados por los cierres o despidos los destinatarios últimos de las mismas.

Para su percepción por las empresas, se exigen de éstas que se beneficien o se hayan beneficiado de ayudas al cierre y que hayan cerrado o estén cerrando unidades de producción de carbón que formen parte del Plan de Cierre (estos requisitos los cumple la práctica totalidad de las empresas privadas del sector).

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