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El madridista Marcelo, en el momento de golpear a Lerma. Efe
Marcelo se expone a una sanción de cuatro partidos
Jornada 3

Marcelo se expone a una sanción de cuatro partidos

El árbitro acusa al madridista en al acta de «dar una patada a un adversario en la espalda, no estando el balón a distancia de ser jugado»

I. Tylko

Sábado, 9 de septiembre 2017, 16:40

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Además de dejarse dos puntos en el Santiago Bernabéu ante un recién ascendido y de perder por lesión a Karim Benzema, el Real Madrid corre el riesgo de quedarse por un período prolongado de tiempo sin Marcelo, expulsado en las postrimerías del choque ante el Levante.

Si el Comité de Competición hace una lectura estricta del acta redactada por el colegiado canario Hernández Hernández, la acción del brasileño sobre el colombiano Lerma podría ser considerada una agresión y, por lo tanto, la sanción mínima que le correspondería sería de cuatro partidos.

El árbitro explica lo siguiente: "En el minuto 89, el jugador (12) Vieira Da Silva Junior, Marcelo, fue expulsado por el siguiente motivo: dar una patada a un adversario en la espalda, no estando el balón a distancia de ser jugado".

El artículo 98 del Código Disciplinario de la FEF establece que "agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos".

Una interpretación más benévola del reglamento puede llevar a Competición a aplicar el artículo 123 relativo a la violencia en el juego y que habla de una sanción entre uno a tres partidos. "Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes".

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