?

Unión Europea

Me voy al extranjero, ¿por dónde empiezo?

La mayoría de los trámites son sencillos, pero es necesario conocerlos

Contenido desarrollado por

Cristina Pérez Feito

Compartir

La Unión Europea ha puesto en marcha la página web “Tu Europa”, que aporta información práctica para vivir, trabajar, comprar, estudiar o viajar a otro país miembro

Desde la entrada en vigor del tratado de Maastricht hace 25 años, en la Unión Europea existe la libre circulación de personas, por la que cualquier ciudadano tiene derecho a circular y residir libremente en cualquier país miembro. No obstante, a la hora de cambiar de país, es necesario tener en cuenta que existen una serie de trámites burocráticos que cumplir y que hay algunas diferencias entre las administraciones de los diferentes países. Por ello, lo más aconsejable es informarse bien antes de dar el salto.

Para ayudar a los ciudadanos europeos en estos trámites, la Unión Europea ha puesto en marcha la página web “Tu Europa”, que aporta información práctica en los principales idiomas de la UE (incluido el español) para vivir, trabajar, comprar, estudiar o viajar a otro país miembro. Esta plataforma, además de su facilidad de uso, tiene otra gran ventaja: la información que aporta es totalmente fiable y actualizada, lo que le da al usuario la seguridad de estar debidamente informado.

El sistema sanitario, uno de los elementos con mayores diferencias

Miriam Núñez, bailarina y profesora de danza, vivió en Holanda durante siete años, tras ser contratada en una audición. “Lo primero que te exigen para trabajar en Holanda es un seguro social que tienes que costear tú, obligatorio y que sirve de complemento al que te proporciona la empresa que te ha contratado”, explica. “En Holanda no existe un sistema de Seguridad Social tal como lo entendemos aquí, así que necesitas estar cubierto antes de ejercer ninguna actividad profesional. El más barato ronda los 100 euros al mes”.

Cuando no se está residiendo en el país

En el caso de viajes cortos, estancias turísticas o que surja un problema de salud antes de tener toda la documentación del nuevo país en regla, el sistema sanitario español cuenta con una amplia cobertura. Eso sí, es importante tener la Tarjeta Sanitaria Europea para demostrar que se cuenta con seguro médico oficial en el país de origen. En algunos casos, será necesario pagar por adelantado y después solicitar el reembolso al volver a España. Your Europe aporta toda la información al respecto aquí.

¿Y si necesito conducir?

Tu Europa especifica que el permiso de conducir español es válido en toda la Unión Europea. Tanto Miriam Núñez lo corroboran. Miriam señala que “el carnet de conducir español es válido y los trámites para alquilar un coche son sencillos: solo con el DNI, la tarjeta de crédito y el permiso de conducir puedes hacerlo sin complicaciones”.

En la mayoría de los casos y durante los seis primeros meses,  se puede mantener la matrícula del coche. No obstante hay que tener en cuenta que las leyes de cada país pueden variar.

He encontrado trabajo en el extranjero, ahora qué hago

Cualquier ciudadano de la Unión Europea tiene derecho a trabajar en otro país miembro sin necesidad de permiso de trabajo

Cualquier ciudadano de la Unión Europea tiene derecho a trabajar en otro país miembro sin necesidad de permiso de trabajo, solo con algunas restricciones en el caso de los ciudadanos croatas. No obstante, existen casos particulares, como cuando es necesario contar con una determinada cualificación para ejercer la profesión (médicos, arquitectos, abogados, etc).

Tu Europa indica que para establecerse de manera permanente en otro país es necesario que estas cualificaciones queden reconocidas. La web aporta toda la información necesaria aquí.

Además de por haber encontrado un trabajo en otro país, un ciudadano puede tener que desplazarse porque la empresa donde ya trabaje decida trasladarle. En este caso y para periodos cortos (de menos de dos años), el trabajador tiene una serie de derechos especiales, entre ellos, cobrar más del salario mínimo del país de destino y el establecimiento de periodos máximos de trabajo y mínimos de descanso.

Juan Ignacio Pérez es economista y ejerce su actividad en el mundo de la banca. Entre 2003 y 2004 trabajó en París a través una empresa española. “Era mi primer trabajo, así que sabía muy poco de mis derechos laborales”, explica. “En mi contrato no figuraba que yo estaba desplazado, así que tampoco contemplaba ningún derecho especial por ello, el pago de la casa donde vivía ni ninguna otra ventaja. Ahora me doy cuenta de que muy probablemente ese contrato era ilegal, pero entonces ni se me ocurrió pensarlo. Si hubiera tenido un lugar fácil donde informarme, seguramente las cosas hubieran sido distintas”.

Compartir

Contenido de Content Factory para la Unión Europea. En su elaboración no ha intervenido la redacción de este medio.