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Clientes en una de las tiendas de la zona comercial de Valladolid.
Fijados los festivos en los que puede abrir el comercio en Castilla y León

Fijados los festivos en los que puede abrir el comercio en Castilla y León

El sector podrá abrir el domingo anterior a la patrona en las fiestas de Salamanca en la ciudad, Santa Marta y Carbajosa

el norte

Miércoles, 25 de noviembre 2015, 10:22

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La Junta de Castilla y León ha establecido en una orden los diez festivos y domingos de apertura autorizada para el comercio de Castilla y León en 2016. Esta orden de la Consejería de Economía y Hacienda, que entrará en vigor el 1 de enero del próximo año, prevé dos aperturas en enero, una en marzo, otra en junio, julio y octubre y cuatro en diciembre, según el texto publicado por el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Así, el Ejecutivo prevé que el comercio pueda abrir al público el 3 y el 10 de enero, el 24 de marzo, el 26 de junio, el 3 de julio, el 30 de octubre y el 4, 11, 18 y 26 de diciembre. También la Junta ha revisado las ordenes por las que se declaró Zona de Gran Afluencia Turística los municipios de Salamanca, Carbajosa de la Sagrada y Santa Martas de Tormes para sustituir el primer domingo de las Ferias y Fiestas por el domingo anterior a la patrona en las fiestas de la ciudad, continuando vigente el resto del contenido de la misma.

Asimismo, en 2013, la Junta aprobó la declaración de Zona de Gran Afluencia Turística de Salamanca, Santa Marta de Torme, Carbajosa de la Sagrada, Valladolid y Arroyo de la Encomienda, de forma que el sector comercial puede abrir seis festivos más de los diez establecidos para toda la Comunidad. Sin embargo, el Ejecutivo rechazó la solicitud de la localidad vallisoletana de Zaratán y de Golmayo (Soria).

La declaración de estas zonas abre el camino para satisfacer los requisitos establecidos en la legislación básica del Estado, en el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad, y en la norma autonómica que se recoge en la redacción del Decreto 16/2013, de 9 de mayo que desarrolla la ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León.

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