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Viviendas de protección en la zona de Los Santos-Pilarica, en Valladolid
La falta de acceso al crédito deja vacías 2.601 viviendas de protección oficial en Castilla y León

La falta de acceso al crédito deja vacías 2.601 viviendas de protección oficial en Castilla y León

El Procurador del Común califica de «gran fracaso» el plan de fomento del alquiler de la Junta

Ana Santiago

Viernes, 31 de julio 2015, 09:17

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Muchas y serias carencias y algunos fracasos en las políticas de vivienda de la Junta y en plena época de crisis, cuando más necesarias son las medidas que faciliten el acceso a un hogar. El Procurador del Común realiza un exhaustivo informe sobre cumplimientos e incumplimientos para garantizar lo que es un derecho constitucional e insta fundamentalmente a las dos consejerías más implicadas, la de Fomento y Medio Ambiente y la de Familia e Igualdad de Oportunidades, a acometer diez medidas que, a su entender, convertirían en realidad palpable el disponer de un techo para cualquier ciudadano de Castilla y León en busca de superar el papel y los anuncios de programas y políticas y lograr llegar, de verdad, a la calle.

Es esta una actuación de oficio con tres antecedentes, todos del año 2012, que buscaron ya entonces verificar la implementación y el grado de eficacia de las medidas adoptadas entonces por la administración autonómica en cuestión de vivienda. Una resolución única, de 2013, agrupó las tres intervenciones y, en la misma, la procuraduría sugirió 25 medidas. Ahora, y superadas las fechas de entrada en vigor de normativas y planes al respecto, la oficina de Javier Amoedo vuelve, tras haber recibido además numerosas quejas al respecto, a repasar la evolución de aquellas propuestas y, sobre todo, de las que obtuvieron respuesta positiva, es decir, compromiso o previsión administrativa de ponerse en marcha. Alquiler de vivienda, rehabilitación de edificios, registro de VPO, reducción de los inmuebles vacíos o de la acumulación de edificios nuevos, protección frente al desahucio... son algunas de las cuestiones que se abordaron en aquella resolución y que vuelven a examinarse ahora porque muchas se quedaron en papel mojado.

Este defensor del pueblo considera que «hay una imposibilidad real y actual para muchas familias de Castilla y León de acceder a una vivienda digna, mientras otras continúan siendo desalojadas de su vivienda por falta de pago de su hipoteca o de su alquiler, sin que se les ofrezcan alternativas residenciales».

Algunas de estas medidas ya fueron sugeridas en las anteriores ocasiones pero, o bien no se llevaron a cabo o dieron lugar a la aprobación de normas que no se han cumplido. «Sin ánimo de ser exhaustivos, hemos recomendado las medidas que consideramos más necesarias y que, en algunos casos, se encuentran previstas en la normativa aplicable, como por ejemplo la aprobación de un nuevo Plan de Vivienda», destaca el informe. Este proyecto ni siquiera entra en previsión de ser aprobado en un futuro próximo, sino que, indica la oficina de Amoedo, pretende centrarse en el Plan Estatal de Fomento del alquiler y regeneración que tiene como horizonte hasta el año 2016.

La falta de disponibilidad presupuestaria fue el argumento defendido por Fomento para mejorar la información específica para conocer bien las necesidades de este sector y no existe previsión alguna para realizar estos estudios.

Uno de los aspectos que revela menor eficacia administrativa lo confirman los datos facilitados por la propia Junta en cuanto a la inexistencia delRegistro de Viviendas de Protección Pública, pese a que también fue recomendación de la Defensora del Pueblo. A pesar de carecer de tal base de datos, la diferencia entre las viviendas de protección pública calificadas definitivamente y los contratos visados arroja un dato relevante: 2.601 viviendas protegidas están desocupadas y, según la Consejería de Fomento y Medio Ambiente en su contestación, este vacío «se debe mayoritariamente a la falta de adquirentes por la situación laboral de los potenciales compradores y por las dificultades de estos para acceder al crédito».

Inspecciones

Otro de los aspectos que requiere un cambio, según este informe, es la carencia de una actuación inspectora planificada y personal dedicada a ello de forma específica. El objetivo sería «el de garantizar el cumplimiento de la obligación de destinar las viviendas de protección pública a residencia habitual y permanente de sus adquirentes y arren- datarios».

La actuación sancionadora dirigida a prevenir y reprimir que las viviendas protegidas no estén sin ocupar es escasa ocho procedimientos resueltos en el último año, y de ellos, seis con sanción, y siempre debido a denuncias presentadas por particulares.

Especialmente crítico resulta el Procurador del Común con respecto al Programa de Fomento de Alquiler de la comunidad de 2013 que, «sin riesgo de ser acusados de tremendismo», recoge la resolución, «son reveladores de un gran fracaso de este nuevo sistema de intermediación». En quince meses, al amparo de este plan solo se firmaron seis contratos, mientras que entre 2007 y 2010 y bajo el de REVIVAL, que fue sustituido por el nuevo, la cuantía fue de 2.595 arrendamientos suscritos.

La Junta aprobó en 2013 un Ley de medidas para garantizar el acceso a una casa pero éstas o no se han cumplido o solo de forma moderada y «no se ha procedido a crear la reserva de viviendas para colectivos de riesgo de exclusión social».

En positivo

Mucho más positiva es la valoración de la procuraduría en cuanto al servicio integral de atención a los casos en riesgo de desahucio de la Consejería de Familia. No obstante, apunta en sus conclusiones algunas deficiencias como la desconexión del mismo con Fomento,lo que impide acceder a residencias en los casos en que la negociación no ha dado sus frutos. Otra carencia es el no haber «sido posible alcanzar acuerdos con los colegios de abogados».

Los casos concluidos en el programa de protección de la Consejería de Familia fueron 1.894 a finales del pasado ejercicio.

Añade esta actuación de oficio que ahora, transcurrido más de un lustro desde el inicio de la crisis, «es necesario reivindicar que en nuestro modelo de Estado social no cabe la existencia de personas excluidas del derecho a la vivienda, del mismo modo que no cabría la exclusión de otros, como el derecho a la educación o la protección de la salud». A esta situación se ha llegado, valora la oficina de Amoedo, «tras unas políticas públicas de vivienda previas a la crisis centradas en el fomento del acceso de las clases medias a una vivienda en régimen de propiedad, combinadas con el posterior abandono de medidas eficaces de protección de este derecho, justo cuando estas eran y continúan siendo más necesarias».

La resolución completa su análisis con recomendaciones como la de establecer las medidas de coordinación necesarias para que a través del Servicio Integral de Apoyo a Familias en riesgo de desahucio se puedan solucionar de manera urgente y temporal la situación de quienes finalmente pierdan su residencia habitual, así como integrar dentro del ámbito de actuación del citado servicio a quienes se encuentren en esta situación por impago del alquiler como consecuencia de sus problemas económicos.

Entre los puntos básicos que establece el informe está el de evitar que las viviendas de protección estén vacías con medidas de fomento de su ocupación. Esta procuraduría estima que el mantenimiento de la desocupación de las viviendas y la falta de utilización voluntaria por las entidades promotoras o financieras titulares de las viviendas de fórmulas que incentiven su arrendamiento, debe conducir a la utilización de medidas punitivs, como sanciones administrativas y multas coercitivas. A juicio de esta institución, la normativa vigente permitiría acudir a estos instrumentos punitivos y, «si se considerase que no fuera así, se debería proceder a las modificaciones normativas necesarias para amparar una actuación de Junta en el sentido indicado». Otro de los consejos es el de recuperar un sistema de puesta a disposición de viviendas libres vacías en manos de la Administración para que esta proceda a su arrendamiento».

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