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Los acusados en el proceso por la Ciudad del Golf, antes de entrar en la sala de vistas. / Ricardo Otazo
Las acusaciones mantienen la petición de 8 años de inhabilitación para los cinco cargos de Medio Ambiente
JUICIO POR LA CIUDAD DEL GOLF

Las acusaciones mantienen la petición de 8 años de inhabilitación para los cinco cargos de Medio Ambiente

Consideran probado que maquillaron los informes para que el proyecto de la macrourbanización en Las Navas del Marqués saliera adelante

M. J. PASCUAL

Jueves, 6 de marzo 2014, 19:16

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Las acusaciones han mantenido en la sesion final del juicio por la Ciudad del Golf la petición de ocho años de inhabilitación para los cinco cargos de Medio Ambiente acusados de un delito de prevaricación. Tanto el fiscal como la acusación popular han considerado probado que los acusados trataron de emitir informes para que el proyecto urbanístico en la localidad abulense de Las Navas del Marqués obtuviera una Declaración de Impacto Ambiental favorable y saliera adelante. Las defensas han pedido la absolución al considerar que no existió intencionalidad.

Durante cuatro jornadas se han sentado en el banquillo de los acusados el actual director general de Medio Natural de la Junta de Castilla y León, José Angel Arranz Sanz; su antecesor en el cargo y hasta fechas recientes jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de León, Mariano Torre Antón; el actual jefe de Servicio de Espacios Naturales de la Junta de Castilla y León, José Ignacio Molina García; el entonces jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Avila, Juan Manuel Pardo Ontoria, y el jefe de la Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas de este último Servicio, Sabas Yagüe Bosch.

En la última sesión del juicio en el Juzgado de lo Penal 2 de Valladolid, el fiscal ha mantenido su petición, basada en que los informes que elaboraron o ratificaron los acusados sobre el impacto ambiental del plan parcial en el área crítica delimitada para la conservación cigüeña negra eran «absolutamente divergentes» y se dirigían a obtener un pronunciamiento favorable en la Declaración de Impacto Ambiental, según recoge la agencia Ical. En concreto, se refirió el representante de la acusación pública a los tres informes elaborados por Sabas Yagüe, que se fueron suavizando y en los que se hicieron correcciones, a pesar de que es el único en cuyos escritos «tutelaba» las normas medioambientales.

El fiscal cree también que la declaración en la vista oral de Yagüe, que ha variado la realizada en la fase de instrucción, puede ir dirigida a favorecer al resto de imputados, al «corregirse a sí mismo», decir que mientras su primer informe lo hizo de forma rápida y con premura, los demás contenían correcciones, y declararse «fundamentalista» de masas forestales, algo que pondría de manifiesto que no cumple con su obligación de funcionario.

En la misma línea, la acusación popular, instada por Ecologistas en Acción y Centaurea y que se ha adherido a los argumentos del fiscal, considera que esta actuación trató de primar los intereses económicos particulares sobre los ambientales, avalados por sentencias y normativa europea, y se llevaron a cabo con el fin de excluir la protección medioambiental sobre la zona con informes «injustos».

En concreto, ha afirmado que lo que se pretendía con los informes era modificar lo aprobado por una orden, en referencia a la declaración de Área Crítica para la Cigüeña Negra, sin hacerlo de la misma forma que se creó para favorecer un proyecto urbanístico que además considera que se tramitó con mucha más «celeridad» de lo que es habitual.

Además, ha señalado que los informes vulneraban la normativa medioambiental e incluso se elaboraron con las indicaciones que alguno de los acusados realizó lo que abría la posibilidad de que la declaración de impacto fuera positiva, como finalmente resultó.

Errores

Los abogados defensores han pedido la absolución, que han argumentado en errores de partida, desde el principio de la tramitación del del expediente de la Ciudad del Golf, como el desconocimiento por parte de los técnicos de medio ambiente de que la zona ya estaba calificada de antemano de «urbanizable», de manera que dejaba de estar protegido por este cambio de uso, o el hecho de que los cinco acusados no tomaron decisiones, sino que solo realizaron una propuesta para la Declaración de Impacto Ambiental, la cual se podía variar por parte de otros técnicos de la Consejería de Medio Ambiente si se observaba alguna irregularidad.

Así, la defensa ha insistido en que se pidió información a los técnicos imputados y no una «decisión» sobre un área que además supone el 0,87 por ciento de una zona protegida por la presencia de cigüeña negra pero en la que no había nidos ni zonas de alimentación para esta especie.

Por lo tanto, consideran que no se ha infringido norma alguna que suponga prevaricación ni hay pruebas en contra de los acusados, menos aún cuando ven muy difícil que se pusieran de acuerdo con la cantidad de «filtros» que había en diferentes órganos de la Administración que intervenían en el proceso.

Además, han añadido que el proyecto se conocía desde 1999, por lo que si hubiesen querido que se llevara a cabo se habrían propuesto otros límites a las zonas protegidas, ya que su declaración fue en 2002 y la tramitación al año siguiente.

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