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EL NORTE
Viernes, 8 de marzo 2013, 20:18
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La Junta ha aprobado un decreto que modifica el Reglamento de Urbanismo en la parte referida a la inspección técnica de edificios en Castilla y León. El decreto establece una evaluación periódica del estado de conservación de todos los edificios en los municipios con más de 20.000 habitantes, obligatoria a partir de los 40 años desde su terminación. En los demás municipios con más de 5.000 habitantes la obligación se limita a los edificios de vivienda «colectivos de uso residencial», matizó el consejero portavoz, José Antonio de Santiago-Juárez.
La regulación atribuye la obligación de promover la inspección a los propietarios (en los edificios en régimen de propiedad horizontal será la comunidad de propietarios) y concreta los plazos para llevar a cabo la inspección, contados desde la terminación de las obras: 40 años para la primera inspección y 10 años para las sucesivas.
El decreto regula el contenido del informe de inspección con las pruebas, modelos y ámbito mínimo de inspección y también desarrolla el criterio de la legislación básica de exigir la subsanación de las deficiencias detectadas. Contempla, además las potestades municipales para controlar la aplicación de la inspección técnica a partir de la obligación de los propietarios de presentar en los ayuntamientos tanto el informe de inspección como la certificación, en su caso, acreditativa de las subsanación de las posibles deficiencias. Se prevé la posibilidad de llevarla a cabo a su costa ante el incumplimiento de la inspección, y se ejecutará subsidiariamente la obra si no se llevan a cabo las intervenciones ante las deficiencias detectadas.
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