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Condenada una clínica a pagar 5.000 euros por daños a una paciente durante una depilación

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Condenada una clínica a pagar 5.000 euros por daños a una paciente durante una depilación

La mujer se vio obligada a acudir a urgencias por las quemaduras en las ingles y piernas

26.07.12 - 21:53 -
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El magistrado de Primera Instancia número 8 de Valladolid ha condenado a una clínica de la capital vallisoletana a pagar 5.010 euros, más los intereses de demora, por los daños estéticos ocasionados a una paciente que acudió a dicho centro para recibir un tratamiento de depilación mediante la técnica de láser.
La sentencia, del pasado 20 de julio, es consecuencia de la demanda interpuesta por una mujer, de unos 40 años, que comenzó a recibir el tratamiento en dicho centro privado en septiembre del 2009, sin que durante dos años hubiera tenido problema alguno.
Sin embargo, el 20 de octubre del 2011, según se recoge en la sentencia, la paciente acudió a la clínica para que le hicieran la depilación en las extremidades inferiores, firmando el documento de consentimiento. Cuatro días después se vio en la obligación de ir al servicios de urgencias por presentar quemaduras en las piernas e ingles, por las que tuvo que recibir asistencia médica hasta el 30 de diciembre.
Las lesiones provocadas tardaron en curarse 67 días quedándole varias cicatrices (marcas hipopigmentadas). Durante la vista oral, celebrada el pasado 18 de julio, declararon dos médicos peritos judiciales que concretaron estas lesiones.
Aunque el letrado de la clínica llegó a reconocer la existencia de las mismas, se opuso al pago de la indemnización por daños que reclamaba el abogado de la mujer, argumentando que «durante más de dos años el tratamiento se realizó sin problemas», al tiempo que alegó que los empleados del centro habían informado a la mujer de los posibles riesgos y secuelas temporales que podría acarrear dicho tratamiento, respecto al que dio su consentimiento por escrito.
El magistrado sostiene que existe un «nexo causal entre la aplicación del láser en el tratamiento de depilación y las quemaduras sufridas por la actora», tal y como recogía un informe de los servicios sanitarios de la Junta, donde se señalaba que los disparos de láser coincidían con las lesiones.
El fallo recoge que las quemaduras registradas «son compatibles con una impericia en el técnica empleada», y añade el juez el testimonio del perito judicial que ratificó en la vista que «si se hubiera hecho bien el tratamiento no tendría porque pasar nada», como así venía ocurriendo durante los dos años anteriores en que se le aplicó a la paciente.
El magistrado acepta el razonamiento del abogado de la mujer, Juan Carlos Rubio, respecto a que el hecho de que esta hubiera firmado el consentimiento informado para intervenciones con riesgo «ello no exime del hecho de que tales lesiones estuviesen contempladas en el mismo documento que firmó».
Las marcas en la pierna derecha y muslo que le han quedado constituyen para el juez «un perjuicio estético ligero» por el que procede indemnizar a la paciente con 5.010 euros, más los intereses.
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