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El presidente de la Audiencia de Valladolid dice que «la sociedad no comprende a veces la presunción de inocencia»

El presidente de la Audiencia de Valladolid dice que «la sociedad no comprende a veces la presunción de inocencia»

Feliciano Trebolle explicó las dificultades de los jueces para valorar las pruebas en procesos penales

13.02.12 - 22:12 -
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«La valoración de la prueba es compleja. En ocasiones la sociedad no comparte, ni comprende el contenido y aplicación de la norma constitucional de presunción de inocencia, ni el principio 'in dubio pro reo'». De este modo se pronunció este lunes el presidente de la Audiencia de Valladolid, Feliciano Trebolle, sobre las dificultades que tienen los jueces a la hora de pronunciarse en los procedimientos de delitos cometidos en el ámbito privado, en los que existen declaraciones e informes a veces contradictorios.
Trebolle, que fue el encargado de pronunciar una conferencia por la que la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de Valladolid conmemoró el 20 aniversario de este foro, no tuvo reparos al señalar que «la sociedad desconfía de la justicia y no valora ni su trabajo ni su calidad».
El presidente de la Audiencia Provincial fue rotundo respecto a esta cuestión al señalar que esta situación no la corregirá ni el nuevo modelo de Oficina Judicial, que ha comenzado a ponerse en marcha en ciudades como Burgos o León, ni la hipotética atribución de la investigación al Ministerio Fiscal.
Magistrado que ha pasado por diferentes instancias de la judicatura, desde juez comarcal, a instructor y miembro de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior, Feliciano Trebolle reconoció la dificultad de sus señorías de luchar contra la idea de que la «lentitud de la justicia es culpa de jueces y magistrados».
Recordó ante un auditorio en el que estaban presentes abogados y procuradores, que muchas veces se olvida que «el juez no ha estado presente en el lugar de los hechos y no ha visto cómo se han producido. Es un principio tan ajustado a la verdad como generalmente tan poco recordado por la sociedad», dijo Trebolle, para quien el juez siempre dicta sentencia valorando los medios de prueba propuestos por las partes y admitidos por el tribunal.
Preparador de muchos de los jueces que hoy ejercen por todo el territorio nacional, el magistrado gallego repasó en su conferencia las tres fases del proceso penal que sirven para que el instructor valore la existencia de indicios racionales de criminalidad.
Para el presidente de la Audiencia, estas fases en el ordenamiento judicial español son virtudes por las que se busca que «el Tribunal del enjuiciamiento llegue inmaculado en el acto del juicio». Justificó, en este sentido, el lógico reparto de los asuntos por materias (violencia sobre la mujer, vigilancia penitenciaria o jurisdicción de menores) que tiene el tribunal provincial vallisoletano en sus dos Secciones Penales con las que se pretende garantizar la no contaminación a la hora enjuiciar a una persona procesada.
Revocación de absoluciones
Para Feliciano Trebolle, «es difícil que el tribunal encargado de resolver una apelación pueda revocar una sentencia absolutoria de instancia, basada en la inmediación de la valoración de pruebas personales, como son las declaraciones de los acusados, testigos o peritos». Aún así, recordó, que la Sección Segunda que preside se alineó en su día con una tendencia minoritaria de audiencias provinciales consistente en admitir la posibilidad de repetir en segunda instancia los medios de pruebas personales practicados en el acto del juicio por un órgano unipersonal. Sin embargo, «hoy en día solo cabe la posibilidad de revocación de sentencias absolutorias tras la celebración de vista en la que sea escuchado el acusado y cuando se aprecie una clara infracción», puntualizó.
En su repaso sobre los problemas que generan a los jueces las valoraciones de pruebas, el presidente de la Audiencia reconoció dos tipos de procedimientos: el delito fiscal y el relacionado con las imprudencias médicas con resultado de lesiones.
En el primero, Trebolle dijo que la base acusatoria se encuentra en el expediente fiscal, y planteó sus dudas respecto «al problema sobre la parcialidad o imparcialidad de los inspectores en la emisión de sus dictámenes en la vía penal al haber intervenido en el expediente fiscal» objeto de la denuncia.
Respecto al segundo, el magistrado explicó las dificultades que tienen los jueces a la hora de valorar los informes periciales de cada parte, las historias clínicas que se presentan y los pronunciamientos de forenses con los que llegar a un pronunciamiento judicial final.
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