El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo (Francia) declaró ayer la presencia de los crucifijos en las aulas «una violación de los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones» y de «la libertad de religión de los alumnos». La sentencia responde al recurso presentado por Soile Lautsi, una ciudadana italiana de origen finlandés, que en el año 2002 había pedido al instituto estatal italiano en el que estudiaban sus dos hijos que quitara los crucifijos de las clases.
Después de numerosos intentos fallidos ante los tribunales italianos, la mujer decidió recurrir a la corte europea de los derechos del humanos, que ayer le dio la razón y declaró la usanza italiana de exponer un crucifijo en las aulas de las escuelas públicas una violación de los derechos fundamentales. Ahora, el Gobierno italiano deberá pagar a Lautsi una indemnización de 5.000 euros por los daños morales sufridos. Además, se trata de la primera sentencia que la Corte de Estrasburgo emite en materia de exposición de símbolos religiosos en las aulas.
Sin embargo, el Ejecutivo que dirige Silvio Berlusconi no parece dispuesto a bajar la cabeza en este asunto y ya ha anunciado que recurrirá la sentencia, según hizo saber el juez Nicola Lettieri, quien defiende al país transalpino ante la Corte de Estrasburgo.
Mientras se produce esta sentencia, la Junta de Castilla y León está a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia se pronuncie sobre el recurso presentado contra el fallo del Juzgado Contencioso Administrativo número 2, de noviembre del 2008, que obligaba a la retirada de los crucifijos en el colegio público Macías Picavea de Valladolid, un litigio que colea desde el año 2005.
La sentencia, pionera en España, señalaba que la presencia de crucifijos «vulnera los derechos de igualdad y la libertad de conciencia». Y mientras se resolvía el recurso de la Administración, la Asociación Cultural Escuela Laica, promotora de acción judicial, pidió al Juzgado la ejecución cautelar de la sentencia para que la retirada de crucifijos fuera efectiva Y así fue. El pasado mes de abril, tras conocerse el nuevo auto judicial, el Consejo Escolar del Macías Picavea acordó la retirada de los crucifijos.
La Consejería de Educación argumentó entonces, y ayer lo reiteró su titular, Juan José Mateos, que la Junta «ni pone ni quita crucifijos», que cree en la libertad de elección y en la autonomía de los consejos escolares de los centros, «que son los que deben decidir si mantienen o no los símbolos religiosos», que la decisión de Estrasburgo sobre el caso italiano «no nos afecta», y que serán los tribunales de Justicia española los que tendrán que decidir, «y nosotros cumplir la sentencia».
Por su parte, el Vaticano expresó su «estupor» y «pesar» por la sentencia. El portavoz de la Santa Sede, Federico Lombardi, argumentó que «la religión da una contribución preciosa para la formación y el crecimiento moral de las personas y es una componente esencial de nuestra civilización. Es erróneo y miope quererla excluir de la realidad educativa».
Consecuencias
En cuanto a las consecuencias que puede tener el fallo judicial de Estrasburgo, Óscar Sánchez, profesor de Derecho Constitucional, considera importante la sentencia ya que el Tribunal Constitucional español, a la hora de interpretar los derechos fundamentales de la Constitución, tiene que tener en cuenta los tratados sobre derechos humanos ratificados por España, «y la Convención Europea de Derechos Humanos es un tratado en el que nuestro país participa y el Tribunal de Estrasburgo es el máximo órgano que la interpreta, por lo que el Constitucional está obligado a seguir dicha jurisprudencia». En este sentido, matiza que cuando un tribunal ordinario o el Constitucional tenga que juzgar un caso de estas características, «será cuando podrán aplicar dicha jurisprudencia».